Convocatoria 2024

Trámite 10232

Fuera de plazo - Del 21/05/2024 al 24/06/2024

El plazo de presentación terminó el 24 junio 2024

Consultar trámite

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Fuera de plazo - Del 21/05/2024 al 24/06/2024

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Detalles del trámite

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones para la financiación de programas de interés social con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto sobre Sociedades.

Estas ayudas están dirigidas a entidades del Tercer Sector de Acción Social, así como a organizaciones no gubernamentales y las agrupaciones de organizaciones con o sin personalidad jurídica.


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  • PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL 0,7% IRPF E IS, 2024

    PROPUESTA DE RESOLUCIÓN definitiva de la convocatoria de subvenciones destinadas a fines de interés social en la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, 2024. (Periodo de reformulación del 13 al 22 de noviembre de 2024 - instrucciones y modelos de reformulación se envían al correo electrónico que figura como contacto en la plataforma del 0,7% del IRPF e IS).

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Dirigido a

  • Entidades del Tercer Sector de Acción Social
  • Cruz Roja Española
  • Otras entidades y organizaciones no gubernamentales
  • Agrupaciones de organizaciones, con o sin personalidad jurídica

Requisitos

  • Entidades del Tercer Sector de Acción Social, Cruz Roja y entidades y organizaciones no gubernamentales.
    • Estar legalmente constituidas, al menos con dos años de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria.
    • Estar debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo dentro del plazo de presentación de las solicitudes de subvención.
    • Carecer de fines de lucro. Se considerarán también entidades sin fines de lucro aquellas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en los fines sociales previstos en el artículo 3 del Real Decreto 195/1989, de 17 de febrero, por el que se establecen los requisitos y procedimiento para solicitar ayudas para fines de interés social, derivadas de la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
    • Tener expresamente recogidos en sus estatutos fines institucionales adecuados para la realización de las actividades consideradas como financiables en cada convocatoria.
    • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, así como no tener deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.
    • Desarrollar sus actividades de manera real y efectiva en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, acreditando disponer de sede o delegación física en Aragón y estructura suficiente, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello, para garantizar el cumplimiento de sus fines.
    • Haber justificado, en su caso, las ayudas económicas recibidas con anterioridad, en la misma línea de subvención, por la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Agrupaciones de organizaciones, con o sin personalidad jurídica.
    • Deberán indicar los compromisos asumidos por cada uno de las entidades y el importe de la subvención a aplicar a cada una de ellas.
    • Las agrupaciones sin personalidad jurídica, deberán nombrar un representante con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como entidad beneficiaria, corresponden a la agrupación
    • La agrupación no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 50 y 76 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
    • Una misma entidad no podrá ostentar simultáneamente la condición de ejecutante de un proyecto presentado por una federación, confederación o persona jurídica similar, y de beneficiaria del mismo proyecto presentado por ella misma.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Inicio: 21/05/2024 a las 00:00 h

Fin: 24/06/2024 a las 23:59 h

El plazo de presentación de solicitudes se ha ampliado hasta el 24 de junio de 2024, por Orden BSF/600/2024, de 3 de junio de 2024.

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
Con la ayuda del personal habilitado

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Resolución

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Solicitud

    La solicitud se cumplimenta y firma en la plataforma de tramitación, generándose un documento que se presenta con el resto de documentación a través de la plataforma.

  • 2. Modelos de memorias e instrucciones (anexo III)

    Modelo de memoria de entidad y modelos de memoria para cada proyecto (gasto corriente e inversión) junto con sus instrucciones para su cumplimentación.

    La memoria de entidad se presentará obligatoriamente a través de la plataforma, excepto en el caso de las agrupaciones sin personalidad jurídica, que deberá cumplimentarse por todas las entidades (excepto la representante que lo hace en la plataforma) conforme al modelo y al formulario que figura en los documentos y enlaces de interés, debiéndose firmar y adjuntar como documento en la solicitud.


Documentos a aportar si cumples estas condiciones:

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Consulta de Datos de Identidad

  • Validación de NIF de un contribuyente

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DEL DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

- La solicitud se cumplimenta obligatoriamente en la plataforma, a través del enlace: https://ptsis.aragon.es/logon

- Una vez cumplimentada la solicitud y adjuntada la documentación correspondiente, se procede a su firma electrónica, y presentación telemática a través del registro electrónico.

- Igualmente, las subsanaciones, aportaciones complementarias y recursos se presentarán a través de dicha plataforma.

- La guía de justificación y sus anexos podrán consultarse en esta página y en la dirección https://www.aragon.es/-/justificacion-subvenciones-interes-social-con-cargo-al-irpf . La justificación también debe presentarse a través de la plataforma.

Recursos y enlaces de interés

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Normativa

Normativa aplicable a este trámite.

Normativa específica

Normativa general

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Ayuda a la tramitación electrónica

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