2025 Línea 1. Obras de construcción, ampliación o mejora de plantas compostaje de biorresiduos.

Trámite 11162

Fuera de plazo - Del 14/11/2025 al 15/12/2025

El plazo de presentación terminó el 15 diciembre 2025

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Fuera de plazo - Del 14/11/2025 al 15/12/2025

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Detalles del trámite

2025. Línea 1. Ayudas destinadas a financiar actuaciones de construcción, ampliación o mejora de plantas de compostaje de biorresiduos recogidos separadamente, que requieran obras, realizadas por entidades locales aragonesas, consorcios constituidos para la gestión de residuos urbanos en Aragón, o entidades públicas equivalentes, establecidas en la planificación autonómica en materia de residuos.

Ayudas incluidas dentro del Programa FEDER Aragón 2021-2027


Dirigido a

  • Entidades locales aragonesas y consorcios de gestión de residuos urbanos constituidos para la gestión agrupada de residuos en Aragón o entidades públicas equivalentes establecidas en la planificación autonómica en materia de residuos

Requisitos

  • No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las entidades que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, o incumplan las obligaciones de rendición de cuentas ante la Cámara de Cuentas de Aragón, de racionalización del gasto o, cuando proceda, de haber presentado planes económico financieros
  • Así mismo, no podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las entidades que hayan sido objeto de sanciones administrativas firmes o condenas por sentencia judicial firme por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género, de derechos de las personas LGTBI, de memoria democrática, de derechos y garantías de las personas con discapacidad, así como por la legislación de igualdad de trato y no discriminación; que hayan sido sancionadas en materia laboral o no cumplan con todos los requisitos exigidos en la legislación ambiental vigente
  • La acreditación de las circunstancias exigidas para obtener la condición de entidad beneficiaria se realizará en el momento de la solicitud mediante la presentación de declaración responsable
  • No se financiarán las actuaciones que no sean compatibles con los objetivos previstos en la planificación autonómica sobre gestión de residuos
  • No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las entidades locales, consorcios o entidades públicas señaladas en el apartado anterior que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, o incumplan las obligaciones de rendición de cuentas ante la Cámara de Cuentas de Aragón, de racionalización del gasto o, cuando proceda, de haber presentado planes económico financieros. No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades que tengan deudas pendientes de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón siempre que la deuda sea menor a la subvención que se pueda conceder
  • Si la entidad solicitante es una entidad supramunicipal que presenta una actuación para dar servicio a varios municipios, deberá ser una entidad constituida. En tal caso, los municipios participantes en la solicitud deberán pertenecer al ámbito territorial propio de la entidad.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Inicio: 14/11/2025 a las 00:00 h

Fin: 15/12/2025 a las 23:59 h

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Resolución

El Consejero de Medio Ambiente y Turismo, como órgano concedente, resolverá las solicitudes de subvención en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo para su presentación.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.


Documentos a aportar si cumples estas condiciones:

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD AMBIENTAL

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

Se consideran gastos subvencionables los establecidos en el apartado tercero de la convocatoria y los expresamente indicados en el Anexo I para cada línea de financiación.

Las actuaciones objeto de financiación podrán haberse iniciado desde el 1 de enero de 2024 y el plazo para su ejecución finalizará el 2 de noviembre de 2027.

La subvención deberá ser expresamente aceptada, en los 10 días siguientes a la resolución.

El apartado vigesimoprimero de la convocatoria establece el plazo de justificación de la ayuda, que como máximo será de 10 días después de la fecha de ejecución.

El régimen de concesión se establece en el apartado quinto de la convocatoria, ajustándose al procedimiento de concurrencia competitiva.

El presupuesto total de la convocatoria corresponde con lo indicado en el apartado sexto (Financiación) de la convocatoria, para la cuantía global, definiéndose en el Anexo I los conceptos financiables por cada línea de actuación, siendo el apartado séptimo el que indica el modo de cálculo del importe de la subvención.

El presupuesto total para la línea 1 es de 2.000.000 €

No se financiarán actuaciones cuya cuantía subvencionable, calculada de acuerdo al apartado séptimo de esta convocatoria, sea inferior a 200.000 euros.

El apartado vigesimosegundo (Pago de la subvención) define la posibilidad y forma de solicitud de anticipos sobre el importe de la subvención.

Se tramita en el Servicio de Planificación Ambiental (Dirección General de Calidad Ambiental)

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Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

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Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

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Ayuda a la tramitación electrónica

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