2025 Línea 1. Obras de construcción, ampliación o mejora de plantas compostaje de biorresiduos.
Fuera de plazo - Del 14/11/2025 al 15/12/2025
El plazo de presentación terminó el 15 diciembre 2025
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Fuera de plazo - Del 14/11/2025 al 15/12/2025
El plazo de presentación terminó el 15 diciembre 2025
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
2025. Línea 1. Ayudas destinadas a financiar actuaciones de construcción, ampliación o mejora de plantas de compostaje de biorresiduos recogidos separadamente, que requieran obras, realizadas por entidades locales aragonesas, consorcios constituidos para la gestión de residuos urbanos en Aragón, o entidades públicas equivalentes, establecidas en la planificación autonómica en materia de residuos.
Ayudas incluidas dentro del Programa FEDER Aragón 2021-2027
Dirigido a
- Entidades locales aragonesas y consorcios de gestión de residuos urbanos constituidos para la gestión agrupada de residuos en Aragón o entidades públicas equivalentes establecidas en la planificación autonómica en materia de residuos
Requisitos
- No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las entidades que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, o incumplan las obligaciones de rendición de cuentas ante la Cámara de Cuentas de Aragón, de racionalización del gasto o, cuando proceda, de haber presentado planes económico financieros
- Así mismo, no podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las entidades que hayan sido objeto de sanciones administrativas firmes o condenas por sentencia judicial firme por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género, de derechos de las personas LGTBI, de memoria democrática, de derechos y garantías de las personas con discapacidad, así como por la legislación de igualdad de trato y no discriminación; que hayan sido sancionadas en materia laboral o no cumplan con todos los requisitos exigidos en la legislación ambiental vigente
- La acreditación de las circunstancias exigidas para obtener la condición de entidad beneficiaria se realizará en el momento de la solicitud mediante la presentación de declaración responsable
- No se financiarán las actuaciones que no sean compatibles con los objetivos previstos en la planificación autonómica sobre gestión de residuos
- No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las entidades locales, consorcios o entidades públicas señaladas en el apartado anterior que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, o incumplan las obligaciones de rendición de cuentas ante la Cámara de Cuentas de Aragón, de racionalización del gasto o, cuando proceda, de haber presentado planes económico financieros. No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades que tengan deudas pendientes de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón siempre que la deuda sea menor a la subvención que se pueda conceder
- Si la entidad solicitante es una entidad supramunicipal que presenta una actuación para dar servicio a varios municipios, deberá ser una entidad constituida. En tal caso, los municipios participantes en la solicitud deberán pertenecer al ámbito territorial propio de la entidad.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 14/11/2025 a las 00:00 h
Fin: 15/12/2025 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
El Consejero de Medio Ambiente y Turismo, como órgano concedente, resolverá las solicitudes de subvención en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo para su presentación.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
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1. Memoria Descriptiva de la actuación
Documento donde se incluya la descripción detallada de la actuación solicitada, utilizando el modelo disponible para su descarga. El Anexo III, Línea 1, apartado A, incluye los contenidos mínimos que deberán incluirse en la memoria que acompaña a la solicitud de subvención
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2. Documento de conformidad
Conformidad de la entidad pública (o entidades públicas, en su caso, en documentos separados) que preste el servicio de eliminación de la fracción resto de residuos domésticos.
SOLO en el caso de que la entidad solicitante no sea la misma entidad con la que los municipios participantes en la solicitud hayan acordado la prestación del servicio de eliminación de la fracción resto de residuos domésticos.
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3. Declaración Responsable DNSH
Declaración responsable sobre el compromiso de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés, “Do No Significant Harm”)
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1. Aceptación y compromiso previo
Un criterio objetivo de ponderación (véase Anexo II de la convocatoria), para la selección de las actuaciones concurrentes es que conste la aceptación y compromiso de la entidad actuante con las obras para las que se solicita la ayuda, previos a la convocatoria. Para acumular esta puntuación, la entidad solicitante deberá presentar un documento que acredite la actuación proyectada contaba con la aceptación y compromiso de ejecución de la entidad solicitante con anterioridad a la publicación de esta convocatoria (Anexo II. Línea 1- Criterio de valoración a)
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2. Aceptación de la instalación en Vertedero o en Estación de Transferencia
La posible coincidencia de ubicación de la actuación para la que se solicita la ayuda con vertederos autorizados o con estaciones de transferencia (E.T.) de residuos domésticos, es el segundo criterio objetivo de ponderación (véase Anexo II de la convocatoria), para la selección de las actuaciones concurrentes. Obtener la puntuación exige presentar un documento que acredite que la entidad titular, del vertedero o la E.T., esta conforme con la actuación para la que se solicita la ayuda. No es necesario este documento si la actuación no va a coincidir con la ubicación de alguna de estas dos tipologías de instalaciones. Anexo II. Línea 1 - criterio b: Documento de aceptación de la instalación de compostaje por parte de la entidad gestora del vertedero de residuos domésticos donde se va a ubicar / Documento por el que el titular de la Estación de Transferencia donde se va a ubicar la instalación acepta su construcción.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD AMBIENTAL
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Se consideran gastos subvencionables los establecidos en el apartado tercero de la convocatoria y los expresamente indicados en el Anexo I para cada línea de financiación.
Las actuaciones objeto de financiación podrán haberse iniciado desde el 1 de enero de 2024 y el plazo para su ejecución finalizará el 2 de noviembre de 2027.
La subvención deberá ser expresamente aceptada, en los 10 días siguientes a la resolución.
El apartado vigesimoprimero de la convocatoria establece el plazo de justificación de la ayuda, que como máximo será de 10 días después de la fecha de ejecución.
El régimen de concesión se establece en el apartado quinto de la convocatoria, ajustándose al procedimiento de concurrencia competitiva.
El presupuesto total de la convocatoria corresponde con lo indicado en el apartado sexto (Financiación) de la convocatoria, para la cuantía global, definiéndose en el Anexo I los conceptos financiables por cada línea de actuación, siendo el apartado séptimo el que indica el modo de cálculo del importe de la subvención.
El presupuesto total para la línea 1 es de 2.000.000 €
No se financiarán actuaciones cuya cuantía subvencionable, calculada de acuerdo al apartado séptimo de esta convocatoria, sea inferior a 200.000 euros.
El apartado vigesimosegundo (Pago de la subvención) define la posibilidad y forma de solicitud de anticipos sobre el importe de la subvención.
Se tramita en el Servicio de Planificación Ambiental (Dirección General de Calidad Ambiental)
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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El Consejero de Medio Ambiente y Turismo, como órgano concedente, resolverá las solicitudes de subvención en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo para su presentación.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Correo electrónico. ayudasresiduos@aragon.es
Página web. Residuos Gobierno de Aragón
Página web. Ayudas Residuos Aragón
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
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Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Ayuda a la tramitación electrónica
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