Convocatoria 2025-2029

Trámite 10814

Fuera de plazo - Del 13/06/2025 al 04/07/2025

El plazo de presentación terminó el 04 julio 2025

Consultar trámite

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Fuera de plazo - Del 13/06/2025 al 04/07/2025

El plazo de presentación terminó el 04 julio 2025

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Detalles del trámite

A través de este trámite, los centros y organismos de investigación así como las universidades públicas y privadas de Aragón podrán presentar una solicitud para optar a las subvenciones para la contratación de personal investigador predoctoral en formación (PIF).


Dirigido a

  • Organismos y centros de investigación públicos o privados
  • Universidades públicas o privadas
  • Que desarrollen su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón
  • Que sean seleccionadas aplicando los criterios de valoración de la convocatoria

Requisitos

  • Requisitos de los centros beneficiarios
    • Organismos o centros de investigación, públicos o privados, que desarrollen su actividad investigadora en Aragón y que contraten personal investigador predoctoral en formación.
    • Universidades públicas o privadas que desarrollen su actividad investigadora en Aragón y que contraten personal investigador predoctoral en formación.
    • Cumplimiento de las condiciones sobre declaración de actividad económica, en su caso.
    • Cumplimiento, mediante declaración responsable, de las condiciones recogidas en la orden de convocatoria.
  • Requisitos del personal investigador predoctoral en formación (PIF)
    • Estar en posesión de un título o títulos universitarios con al menos 300 ECTS, según lo que dispone la orden de convocatoria.
    • Haber finalizado los estudios que dan acceso al doctorado en las fechas señaladas en la convocatoria.
    • Estar ya matriculado en una escuela de doctorado de las universidades que desarrollan su actividad en Aragón, o admitido o preadmitido en un programa de doctorado de dichas universidades a partir del curso que comienza en el año de publicación de la convocatoria, debiendo estar matriculado en el momento de la formalización del contrato.
    • Tener una nota media ponderada igual o superior a 6 (en escala de 0 a 10) en el expediente académico completo correspondiente a los estudios con los que se accede a un programa de doctorado.
    • No poseer título de doctorado.
    • No ser persona beneficiara ni haber disfrutado de ayuda, ni suscrito contrato predoctoral.
    • Tener residencia legal en España.
  • Requisitos de la persona directora, y en su caso codirectora, de la investigación
    • Poseer el título de doctorado tanto la persona directora, como codirectora.
    • La persona directora deberá tener vinculación laboral, funcionarial o estatutaria con el centro u organismo de investigación solicitante, con las condiciones recogidas en la orden de convocatoria.
    • La persona codirectora deberá tener vinculación laboral, funcionarial o estatutaria con el centro u organismo de investigación solicitante, en caso de que la persona directora no cumpla con el requisito anterior, con las previsiones de la orden de convocatoria.
    • Solo podrá constar como persona directora o codirectora en una solicitud.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Inicio: 13/06/2025 a las 00:00 h

Fin: 04/07/2025 a las 23:59 h

El plazo de presentación de solicitudes es exclusivamente para universidades, centros y organismos de investigación.

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Resolución

3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes. Este plazo podrá ser suspendido en los supuestos previstos en el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Documentos acreditativos de estudios universitarios y de nota media del PIF

    La documentación deberá ser conforme a lo dispuesto en los apartados tercero y cuarto de la orden de convocatoria, de acuerdo con las indicaciones del anexo I.

  • 2. CV y méritos del PIF

    CV y méritos del personal investigador predoctoral en formación conforme al modelo, también disponible en la plataforma PIP (Anexo II de la orden de convocatoria).

  • 3. Carta de preadmisión, admisión o matrícula en la Escuela de Doctorado

  • 4. Memoria del proyecto de investigación

    Memoria del proyecto de investigación conforme al modelo, también disponible en la plataforma PIP (Anexo IV de la orden de convocatoria).

  • 5. Pasaporte del PIF

    En caso de que no disponga de NIF ni NIE.

  • 6. Documentación acreditativa del cuidado de hijas e hijos del PIF

    En caso de alegar la situación sobre dedicación exclusiva a la atención y cuidado de hijas e hijos, que está prevista en el apartado cuarto, punto 1, tercer párrafo, de la orden de convocatoria.

  • 7. Acreditación de residencia legal del PIF

    En caso de que el PIF se oponga a la consulta de este dato por la Administración.

  • 8. Reconocimiento de grado de discapacidad del PIF

    En caso de que el PIF se oponga a la consulta de este dato por la Administración.

  • 9. Vinculación laboral o estatutaria con el centro u organismo de investigación

    Documento de nombramiento o toma de posesión de la persona directora y/o codirectora de la investigación que le vincule laboral, funcionarial o estatutariamente con el centro u organismo solicitante.

  • 10. Méritos de la persona directora y/o codirectora

    Relación de los méritos conforme al modelo, también disponible en la propia plataforma PIP (Anexo V de la orden de convocatoria).

  • 11. Currículum vitae de la persona directora y/o codirectora

    Currículum normalizado (abreviado) de la persona directora y/o codirectora (preferentemente FECYT, MINECO, SIDERAL, entre otros).

  • 12. Documentación acreditativa cuidado de hijos persona directora y/o codirectora

    En caso de que la persona directora y/o codirectora se haya dedicado a la atención y cuidado de hijas o hijos, que está prevista en el apartado decimonoveno 3.c) 1, segundo párrafo, de la orden de convocatoria.

  • 13. Pasaporte de la persona directora y/o codirectora

    En caso de que la persona directora y/o codirectora no disponga de NIF ni NIE.


Documentos a aportar si cumples estas condiciones:

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Consulta de datos de discapacidad endpoint nuevo

  • Servicio de Consulta de residencia legal por documentación

  • Consulta de Datos de Identidad

    Datos de identidad de la persona directora y/o codirectora

  • Títulos Universitarios por Datos de Filiación

    Título universitario de doctorado de la persona directora y/o codirectora


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE CIENCIA E INVESTIGACIÓN

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

Instrucciones para presentar la solicitud:

1. El plazo de presentación de solicitudes por los centros y organismos de investigación,

así como universidades públicas y privadas, abarcará el período comprendido entre el 13

de junio y el 4 de julio de 2025 (plazo previsto en el apartado decimoquinto, punto 3, de la orden de convocatoria).

2. El personal investigador en formación (PIF) presentará los datos y documentación a través de la Plataforma PIP, del 7 al 31 de julio de 2025 (plazo previsto en el apartado decimoséptimo, punto 3, de la orden de convocatoria).

3. Declaraciones responsables:

3.1. Las declaraciones responsables del centro u organismo de investigación recogidas en el apartado decimosexto de la orden de convocatoria están integradas, como parte de la solicitud, en el tramitador on line.

3.2. Las declaraciones responsables del PIF recogidas en el apartado decimoséptimo, punto 2, letra c) de la orden de convocatoria están integradas para su cumplimentación en la propia plataforma PIP.

Recursos y enlaces de interés

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

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Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

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Ayuda a la tramitación electrónica

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