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Subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel para financiar proyectos de inversión de fundaciones sin ánimo de lucro en la Provincia de Teruel - Convocatoria 2025 - FITE 2023

N° 10976

Subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel para financiar proyectos de inversión de fundaciones sin ánimo de lucro en la Provincia de Teruel, que promuevan, directa o indirectamente, la creación de renta y riqueza en la provincia de Teruel, generando empleo o fijando población; y en concreto, las actuaciones de inversión destinadas a la generación de nuevo patrimonio cultural, medioambiental y social en la provincia de Teruel o para la modernización, ampliación o acondicionamiento del ya existente

Plazo de presentación

Plazo pendiente de definir

Dirigido a

  • Fundaciones sin ánimo de lucro con sede social en la provincia de Teruel, que cumplan los requisitos.

Requisitos

  • Tener su sede social en la provincia de Teruel.
  • Tener una antigüedad mínima de 10 años desde su constitución (pudiendo cumplir los 10 años a lo largo del año de la convocatoria).
  • No podrán obtener la condición de beneficiario las fundaciones en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Memoria descriptiva del proyecto y de la entidad solicitante

    Apartados:

    I. Objetivos generales y específicos del proyecto.

    II. Actuaciones y lugares de realización de las actividades, con indicación de su valoración económica desglosada por conceptos de gastos previstos.

    III. Cronograma del proyecto.

    IV. Resultados esperados e indicadores de logro de los mismos.

    V. Personas contratadas en los últimos tres años por la entidad solicitante (2022, 2023 y 2024), indicando su nombre y apellidos, puesto de trabajo y funciones que realiza.

    VI. Experiencia de la entidad solicitante en la realización de proyectos de inversión objeto de las ayudas.

  • Documentación acreditativa de la representación legal de la entidad

    Únicamente exigible en los supuestos en que el solicitante no utilice el certificado electrónico de representante, o no esté inscrito en el registro electrónico de apoderamientos.

  • Declaración responsable

    Esta declaración responsable se generará durante la tramitación electrónica de la solicitud.

    Incluyendo:

    - Que no incurre en ninguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones para obtener la condición de beneficiario.

    - Que cumple con la legislación medioambiental, de transparencia, de no haber sido sancionado en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI, de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo u otras análogas de cumplimiento normativo.

    - Que la entidad solicitante es titular de la cuenta bancaria que se indique en la solicitud, y de que los datos bancarios indicados en la misma deberán ser tenidos en cuenta en los pagos que efectúe el Gobierno de Aragón en relación con esta convocatoria.

  • Estatutos de la Fundación

    Únicamente deberán presentarse en caso de que el solicitante manifieste su oposición a que la Administración consulte estos datos en el Registro de Fundaciones de la C.A. de Aragón.

  • Certificación de inscripción en el Registro de Fundaciones de la C.A de Aragón

    Únicamente deberá presentarse en caso de que el solicitante manifieste su oposición a que la Administración consulte estos datos en el Registro de Fundaciones de la C.A. de Aragón.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Validación de NIF de un contribuyente

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Plazo pendiente de definir

15 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOA

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses desde la fecha final del plazo de presentación de solicitudes.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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