Inscripción (Suspendida la obligatoriedad)
En plazo permanente
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Descarga y rellena el formulario principal. No olvides repasar el resto de documetos necesarios.
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A través del registro electrónico general.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
En plazo permanente
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Descarga y rellena el formulario principal. No olvides repasar el resto de documetos necesarios.
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A través del registro electrónico general.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
En estos momentos la obligación de inscripción en el Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida esta suspendida, por lo que no es necesario la inscripción para poder adquirir una vivienda protegida.
A través de este trámite, las personas físicas interesadas podrán inscribirse en el Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Para poder realizar el trámite, el solicitante debe:
Descarga y rellena el formulario principal. No olvides repasar el resto de documetos necesarios.
A través del registro electrónico general.
Otras acciones
Dirigido a
- El ciudadano que desea realizar la inscripción como requisito previo para optar a la adjudicación de una vivienda protegida. Suspendida la obligación.
Requisitos
- Presentación de la solicitud ante el Servicio Provincial correspondiente, del Departamento de Fomento, Vivienda, Movilidad y Logística.
- Ser mayor de edad o menor emancipado legalmente.
- Tener necesidad de vivienda.
- Residencia en un municipio de Aragón.
- Cumplir los límites de ingresos máximos y mínimos establecidos en cada caso y no ser titulares de bienes y derechos con un valor real, superior al precio máximo de una vivienda protegida calificada provisionalmente en el mismo momento de la solicitud de inscripción o, en su caso, de la adjudicación.
- No haber sido dado de baja en el Registro por no concurrir el requisito de tener necesidad de vivienda ( en este supuesto, los solicitantes inscritos en los que no concurra el requisito de tener necesidad de vivienda, no podrán darse de alta nuevamente hasta transcurridos tres años desde la transmisión de la vivienda de que disponen o del derecho que ostenten sobre la misma).
- No haber renunciado a la vivienda que en su caso se le hubiese adjudicado, salvo la acreditación de la concurrencia de una de las causas de renuncia establecidas en la normativa de aplicación.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Solicitud
Solicitud facilitada debidamente rellenada y firmada.
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2. Autorización para la consulta de datos de las personas de la unidad familiar
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3. Certificado de empadronamiento
Certificado municipal de empadronamiento, con indicación de la fecha de alta.
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4. Acreditación de divorcio o separación
Documentación acreditativa del divorcio o separación matrimonial, en su caso, o de la extinción de pareja estable no casada.
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5. Acreditación de la necesidad de vivienda
Documentación acreditativa de la necesidad de vivienda y, al menos, certificación de la Gerencia del catastro y nota de consulta al índice general de titularidades de los Registros de la Propiedad.
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6. Justificación de la titularidad de bienes y derechos
Acreditación de no ser titular de bienes y derechos con un valor superior al precio máximo de una vivienda protegida calificada provisionalmente en el mismo momento de la solicitud de inscripción o, en su caso, de la adjudicación, conforme a la normativa del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
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1. Acreditación convivencia pareja estable
En su caso documento equivalente que acredite la convivencia, acreditación de la existencia de la pareja estable no casada conforme a la Ley 6/1999, de 25 de marzo, o en el caso de extranjeros residentes en España, copia de la solicitud de residencia por reagrupación familiar presentada ante el Ministerio del Interior, o en su caso, declaración responsable de que dicha reagrupación no ha sido solicitada.
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Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Documento de identidad
Consulta del Documento de Nacional Identidad o documento que acredite la identidad para extranjeros.
Acreditación sobre discapacidad física, psíquica o incapacidad
Justificación de la discapacidad psíquica, física, incapacidad o enfermedad, en caso de que fuese alegada.
Documentación sobre los ingresos
Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondiente al último ejercicio, en el caso de solicitar vivienda protegida en propiedad.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
La inscripción en el Registro tendrá una duración de tres años desde la resolución administrativa de inscripción, en la que habrá de figurar expresamente la fecha de finalización de dicho plazo.
Si antes de dicha fecha el solicitante no renueva la solicitud aportando en tiempo y forma la documentación exigible conforme a lo establecido en este Reglamento se producirá la caducidad de la inscripción.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 714 111
Correo electrónico. infoyregistro@aragon.es
Presencial. Oficinas de información y registro.
Presencial. Horario oficina De lunes a viernes de 09:00 a 14:00
Otros canales. Horario teléfono 976714111
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
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Ley 24/2003, de 26 de diciembre, de Medidas Urgentes de Política de Vivienda Protegida
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Decreto 211/2008, de 4 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de solicitantes de vivienda protegida y de adjudicación de viviendas de Aragón
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Orden, de 17 de noviembre de 2008, del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se aprueba el modelo de solicitud de inscripción en el Registro de solicitantes de vivienda protegida de Aragón
Normativa general
Decreto 211/2008, de 4 de noviembre, Reglamento del Registro de solicitantes de vivienda protegida y de adjudicación de viviendas protegidas de Aragón
-
Ley 17/2023, de 22 de diciembre, Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.