Impugnaciones (reclamaciones)
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
Presentación de las impugnaciones (reclamaciones en material electoral) en relación a la elección, la promoción (el preaviso), las decisiones de la mesa o cualquier otra actuación durante el proceso de elección de representantes sindicales para personal funcionario.
Dirigido a
- Funcionarios y funcionarias
- Administración pública afectada
- Sindicatos
- Quien ostente interés legítimo en una elección
Requisitos
- Para la impugnación de actos de la mesa electoral, es necesario haber reclamado previamente a la mesa dentro del día laborable siguiente al acto que motiva la impugnación.
- El plazo para presentar la impugnación es de 3 días hábiles desde el siguiente a aquel en que se producen los hechos o se resuelve la reclamación por la mesa.
- En caso de impugnar (reclamar) actos del día de la votación o posteriores al mismo, el plazo será de 10 días hábiles, contados a partir de la entrada de las actas en la oficina pública.
- En el caso de impugnaciones promovidas por sindicatos que no hubieran presentado candidaturas en el centro de trabajo en el que se hubiera celebrado la elección, los 3 días se computarán desde el día en que se conozca el hecho impugnable.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
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1. Escrito de impugnación
Escrito en el que se identifique el proceso electoral, las partes, los hechos que se impugnan, alegaciones y solicitud.
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2. Pruebas
Cualquier documento/s de prueba que se considere necesario para resolver la impugnación.
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-
1. Justificante de reclamación a la mesa electoral
Documentación acreditativa de la reclamación presentada a la mesa electoral previa a la impugnación y resolución de la mesa, en su caso.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Consulta de Datos de Identidad
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Se puede impugnar (reclamar) la promoción (el preaviso), la elección, las decisiones que adopte la mesa o cualquier otra actuación de la mesa a lo largo del proceso electoral que pudieran afectar a las garantías del proceso electoral y que alteren su resultado, en la falta de capacidad o legitimidad de las personal candidato elegido, en la discordancia entre el acta y el desarrollo del proceso electoral y en la falta de correlación entre el número de funcionarios/as que figuran en el acta de elecciones y el número de representantes elegidos.
Una vez registrada la reclamación en la oficina pública de registro, trasladarán la reclamación al árbitro en el siguiente día hábil.
En caso de reclamar la votación, la oficina procederá a registrar el acta o denegarla, según el contenido del laudo arbitral. Éste podrá impugnarse ante la jurisdicción laboral, a través de la modalidad procesal correspondiente.
Hasta que no finalice el procedimiento arbitral y, en su caso, la posterior impugnación judicial, quedará paralizada la tramitación de un nuevo procedimiento arbitral.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Zaragoza. 976 715 945
Correo electrónico. Zaragoza. oprzaragoza@aragon.es
Presencial. Zaragoza. Paseo Fernando el Católico, 63-65 (cita previa).
Teléfono. Huesca. 974 293 017
Correo electrónico. Huesca. trabajohu@aragon.es
Presencial. Huesca. Ricardo del Arco, 6, 2ª planta, 22 (cita previa).
Teléfono. Teruel. 978 641 182
Correo electrónico. Teruel. trabajote@aragon.es
Presencial. Teruel. San Francisco, 1, 1ª planta (cita previa).
Página web. Elecciones sindicales en Aragón
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa general
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Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
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Ley 9/1987, de 12 de junio, de Órganos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
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Real Decreto 1846/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de elecciones a órganos de representación del personal al servicio de la Administración General del Estado
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Ayuda a la tramitación electrónica
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