Determinados usos y aprovechamientos de agua embalsada

Trámite 2004

En plazo permanente

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Detalles del trámite

A través de este trámite, las personas obligadas podrán, de manera telemática, realizar la autoliquidación del impuesto medioambiental sobre determinados usos y aprovechamientos del agua embalsada.


Dirigido a

  • Obligados tributarios y/o sus representantes
  • Será responsable solidario del pago del impuesto el propietario de la instalación cuando no coincida con la persona que explota la misma.

Requisitos

  • Las empresas que deban presentar impuestos medioambientales en la Comunidad Autónoma de Aragón deberán realizarlo a través del Servicio de presentación telemática de tributos; para ello tienen que estar registrados con los permisos correspondientes. Los impuestos medioambientales solo se pueden presentar en nombre propio, no hay opción de presentación en nombre de terceros (consulta el apartado documentos y enlaces de interés)..
  • Son sujetos pasivos del impuesto, en calidad de contribuyentes:
    • Quienes al realizar las actividades para la producción de energía eléctrica con agua embalsada, en instalaciones hidroeléctricas de turbinado directo o de tecnología hidráulica de bombeo mixto, causan un daño medioambiental por la alteración o modificación sustancial de los valores naturales de los ríos.
    • Las presas tienen que estar situadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir

¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

  • En el supuesto de embalses en los que el agua embalsada se extienda más allá del límite territorial de nuestra Comunidad Autónoma, la base imponible se determinará en proporción a la parte de capacidad que corresponda a las aguas situadas en el territorio de Aragón.
  • El impuesto se devenga el 31 de diciembre de cada año y el periodo impositivo coincidirá, salvo excepciones, con el año natural.
  • Los plazos para realizar los pagos fraccionados del impuesto serán entre los días 1 y 20 de los meses siguientes:
    • 1º Pago fraccionado: junio
    • 2º Pago fraccionado: septiembre
    • 3º Pago fraccionado: diciembre
    • Autoliquidación anual: abril
  • El importe de cada pago fraccionado será del 30% de la cuota devengada que corresponda ingresar por la totalidad del impuesto considerando la situación de las instalaciones a 31 de diciembre del ejercicio inmediatamente anterior.

Recursos y enlaces de interés

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

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Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

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Apartado siguiente:

Ayuda a la tramitación electrónica

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