Impuesto sobre el patrimonio

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Detalles del trámite

A través de este trámite, las personas obligadas podrán, de manera telemática, realizar y presentar la autoliquidación del impuesto sobre el patrimonio.


Dirigido a

  • Obligados tributarios y/o sus representantes.

Requisitos

  • Mínimo exento para los contribuyentes que tributan en Aragón: 700.000 euros.
  • Existe obligación de declarar cuando el valor del patrimonio neto del sujeto pasivo sea superior al mínimo exento.
    • En general, se define al patrimonio neto de la persona física como el conjunto de bienes y derechos (NO EXENTOS) de los sea titular a 31 de diciembre de cada año, con deducción de las cargas y gravámenes que disminuyan su valor, así como de las deudas y obligaciones personales de las que deba responder.
  • Siempre existe la obligación de declarar cuando el conjunto de todos los bienes y derechos de un sujeto pasivo supera los 2.000.000 de euros. En este supuesto no se tienen en cuenta las cargas y gravámenes que disminuyan el valor de los mismos, ni tampoco las deudas u obligaciones personales de las que deba responder el sujeto pasivo.
  • Si estás obligado, hay que presentar el impuesto sobre el patrimonio en Aragón y aplicar su legislación cuando existe la obligación de presentar el impuesto sobre la renta (IRPF) en Aragón.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir

¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

  • Los programas de ayuda y la presentación telemática se gestiona a través de la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
  • Solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento del pago: el obligado tributario además de realizar la presentación electrónica de la autoliquidación, deberá presentar ante la oficina competente de la Administración Tributaria del Gobierno de Aragón la correspondiente solicitud, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento General de Recaudación (ver guía de información).

Recursos y enlaces de interés

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Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

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Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

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Ayuda a la tramitación electrónica

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