Impuesto sobre el patrimonio
En plazo permanente
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
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En plazo permanente
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, las personas obligadas podrán, de manera telemática, realizar y presentar la autoliquidación del impuesto sobre el patrimonio.
Dirigido a
- Obligados tributarios y/o sus representantes.
Requisitos
- Mínimo exento para los contribuyentes que tributan en Aragón: 700.000 euros.
- Existe obligación de declarar cuando el valor del patrimonio neto del sujeto pasivo sea superior al mínimo exento.
- En general, se define al patrimonio neto de la persona física como el conjunto de bienes y derechos (NO EXENTOS) de los sea titular a 31 de diciembre de cada año, con deducción de las cargas y gravámenes que disminuyan su valor, así como de las deudas y obligaciones personales de las que deba responder.
- Siempre existe la obligación de declarar cuando el conjunto de todos los bienes y derechos de un sujeto pasivo supera los 2.000.000 de euros. En este supuesto no se tienen en cuenta las cargas y gravámenes que disminuyan el valor de los mismos, ni tampoco las deudas u obligaciones personales de las que deba responder el sujeto pasivo.
- Si estás obligado, hay que presentar el impuesto sobre el patrimonio en Aragón y aplicar su legislación cuando existe la obligación de presentar el impuesto sobre la renta (IRPF) en Aragón.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
- Los programas de ayuda y la presentación telemática se gestiona a través de la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
- Solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento del pago: el obligado tributario además de realizar la presentación electrónica de la autoliquidación, deberá presentar ante la oficina competente de la Administración Tributaria del Gobierno de Aragón la correspondiente solicitud, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento General de Recaudación (ver guía de información).
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
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Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Zaragoza 976 715 209
Correo electrónico. tributos@aragon.es
Página web. Impuesto sobre el patrimonio en Aragón
Otros canales. Horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
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Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
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Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
Artículo 66: se reestablece el impuesto sobre el patrimonio con carácter indefinido.
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Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos
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Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio
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Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
Más información
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