Inscripción y transferencia
En plazo permanente
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite se podrá inscribir, transferir y cambiar la titularidad en el Registro de Maquinaria Agrícola (ROMA) de todos aquellos vehículos y maquinaria agrícola que cumplan los requisitos de la normativa.
Al hacer la solicitud los datos de la MARCA, MODELO Y Nº DE BASTIDOR de la maquinaria deberán indicarse EXACTAMENTE tal como aparecen en la documentación original.
En concreto, a instancias del titular, se puede:
- incorporar maquinaria nueva a la actividad agraria,
- incorporar maquinaria usada procedente de otros países,
- incorporar maquinaria procedente de los sectores de obras y servicios al sector agrario,
- inscribir equipos usados de distribución de fertilizantes y fitosanitarios no inscritos con anterioridad,
- cambiar la titularidad en la misma provincia (transferencia, herencias, etc.) sin modificar su uso o destino,
- cambio de titularidad cuando proviene de otra provincia.
Pago de tasas
Tasa 10 modelo 510 tarifa 4 "Maquinaria primera inscripción" o "Transferencia o cambio de titularidad".
Accede aquí para proceder al pago de la tasaPlazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Justificante de pago de la tasa
Tasa por alta de maquinaria en el ROMA, Tasa 10-Modelo 510-Tarifa 4 (excepto las suspendidas).
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
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1. Acreditación de la representación
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1. Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
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2. Certificado de Características Técnicas en las máquinas arrastradas y suspendida
Certificado de Características Técnicas en las máquinas arrastradas y suspendidas, exentas de disponer de tarjeta de ITV, según modelo del anexo IV del RD 1013/2009 de 19 de junio.
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3. Declaración de conformidad CE.
Declaración de conformidad CE de acuerdo con el Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre; Directiva 2006/42/CE (excepto para tractores).
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4. Contrato
En el caso de leasing o arrendamiento financiero.
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5. Factura de compra de máquina o contrato de compraventa.
Se especificará claramente la marca, denominación comercial (modelo) y número de bastidor de la máquina, que deberá coincidir con los datos reflejados en la tarjeta ITV o en el Certificado de Características Técnicas.
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6. Declaración responsable Nº 5 "En caso de no matricular".
No es necesario si la máquina es suspendida.
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1. Tarjeta de inspección Técnica de Vehículos (ITV).
Excepto en el caso de tractores, para el resto de máquinas se podrá requerir la declaración de conformidad CE de acuerdo con el Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, y la Directiva 2006/42/CE.
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2. Factura de compra de máquina o contrato de compraventa.
Se especificará claramente la marca, denominación comercial (modelo) y número de bastidor de la máquina, que deberá coincidir con los datos reflejados en la tarjeta ITV o en el Certificado de Características Técnicas.
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1. Ficha técnica de ITV modificada.
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2. Factura de compra de máquina o contrato de compraventa.
Se especificará claramente la marca, denominación comercial (modelo) y número de bastidor de la máquina, que deberá coincidir con los datos reflejados en la tarjeta ITV o en el Certificado de Características Técnicas.
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1. Certificado de Características técnicas o Ficha técnica de ITV.
Si son arrastradas o automotrices.
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2. Declaración de Conformidad CE.
Regulada en el Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, Directiva 2006/42/CE.
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3. Factura de compra.
Se especificará claramente la marca, denominación comercial (modelo) y número de bastidor de la máquina, que deberá coincidir con los datos reflejados en la tarjeta ITV o en el Certificado de Características Técnicas.
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4. Declaración responsable Nº 7 "Máquinas en uso no inscritas"
Cuando no se disponga de los documentos anteriores (Certificado de Características técnicas o Ficha técnica de ITV, Declaración de Conformidad CE o Factura de compra) podrán sustituirse por una declaración firmada por el titular de la máquina en la que se reflejen los datos identificativos de la misma, marca. modelo, número de bastidor, tipo de distribución del abono y año de adquisición de la máquina.
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1. Documentación completa original del fabricante.
Ficha técnica en máquinas arrastradas en vigor, Declaración de Conformidad CE y en el caso de no arrastradas Certificado de Características Técnicas.
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2. Factura.
Se especificará claramente la marca, denominación comercial (modelo) y número de bastidor de la máquina, que deberá coincidir con los datos reflejados en la tarjeta ITV o en el Certificado de Características Técnicas.
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1. Informe/Certificado de Características Técnicas.
Emitido por un ingeniero acreditado.
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2. Declaración responsable Nº 7 "Máquinas en uso no inscritas"
Cuando no se disponga de los documentos anteriores (Certificado de Características técnicas o Ficha técnica de ITV, Declaración de Conformidad CE o Factura de compra) podrán sustituirse por una declaración firmada por el titular de la máquina en la que se reflejen los datos identificativos de la misma, marca. modelo, número de bastidor, tipo de distribución del abono y año de adquisición de la máquina.
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1. Ficha Técnica.
Si es automotriz o arrastrada.
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2. Permiso de Circulación.
Si está matriculada.
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3. Cartilla agrícola.
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4. Factura o contrato de compra/venta.
Debe especificar claramente la marca, la denominación comercial (modelo), el número de bastidor de la máquina y, si la lleva, la matrícula. Además, en el caso del contrato, deberá estar firmado.
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5. Mandato o autorización firmado del vendedor.
Junto con el DNI del vendedor si es persona física (si es sociedad, NIF y DNI de su representante) para solicitar el trámite en su nombre.
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6. Mandato o autorización firmado del comprador.
Junto con el DNI del vendedor si es persona física (si es sociedad NIF y DNI de su representante) para solicitar el trámite en su nombre.
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1. Ficha Técnica.
Si es automotriz o arrastrada.
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2. Permiso de Circulación.
Si está matriculada.
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3. Baja del ROMA de la provincia de procedencia.
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4. Factura o contrato de compra/venta.
Debe especificar claramente la marca, la denominación comercial (modelo), el número de bastidor de la máquina y, si la lleva, la matrícula. Además, en el caso del contrato, deberá estar firmado.
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1. Documento de baja temporal del ROMA.
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2. ITEAF favorable (Acreditación de inspección favorable).
Para equipos de aplicación de fitosanitarios.
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1. Documento de subrogación o cancelación bancaria.
Si el vendedor hizo un contrato de arrendamiento financiero.
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2. Contrato de arrendamiento financiero.
Si el contrato lo ha hecho el nuevo titular.
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1. Declaración Responsable nº 3 "Cambio de titularidad por donación/fallecimiento".
En caso de fallecimiento del titular también podrá requerirse el certificado de defunción.
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1. Sentencia Judicial.
Debe estar completa.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Verificación de Datos de Identidad
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN ALIMENTARIA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
No podrán inscribirse en el ROMA aquellos tractores usados procedentes de otros Estados miembros carentes de estructura de protección homologada (cabina). (Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo; artículo 7, punto 3).
Los tractores cuya fecha de primera inscripción en el ROMA sea igual o superior a 40 años y que NO dispongan de una estructura de protección homologada (cabina), NO podrán realizar cambios de titularidad (transferencias), excepto los cambios de titularidad por herencias, que sí se pueden transferir. (Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo; artículo 7, punto 2; artículo 17, punto 3).
La cabina o estructura de protección homologada de los tractores debe constar en la ficha técnica ITV.
Solo se podrán registrar en ROMA las máquinas o vehículos clasificados como agrícolas. La clasificación se encuentra en la ficha técnica ITV (casilla C.L.) y empieza por 50-51-52-53-54-55-56 (Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos).
En el caso de las máquinas/vehículos que se quieran cambiar de titular estén subvencionadas, y no hayan transcurrido los 5 años, no se podrán tramitar las transferencias (hay excepciones, consultar con la Unidad o Entidad que haya concedido la subvención).
No deben registrarse en ROMA, de acuerdo al Real Decreto 448/2020, las siguientes máquinas: maquinaria para obras y servicios, equipos utilizados en la industria agroalimentaria, máquinas estacionarias, máquinas portátiles llevadas a mano y algunos accesorios para máquinas suspendidas.
Se tramita en los Servicios Provinciales del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
Coordinación: Servicio de Ayudas a la Organización de Mercados, de la Dirección General de Innovación y Promoción Alimentaria.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Huesca. Unidad de producción agraria 974 293 088
Correo electrónico. Huesca. Unidad de producción agraria regmaqhuesca@aragon.es
Teléfono. Zaragoza. Sección de regulación de mercados y ayudas sectoriales 976 714 858
Correo electrónico. Zaragoza. Sección de regulación de mercados y ayudas sectoriales regmaqzaragoza@aragon.es
Teléfono. Teruel. Unidad de fomento agroalimentario 978 641 189
Correo electrónico. Teruel. Unidad de fomento agroalimentario regmaqteruel@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa general
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Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola
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Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos
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Ley 2/2014, de 23 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón
-
Orden HAP/201/2016, de 22 de febrero, por la que se publican los textos refundidos actualizados en materia de tributos cedidos, tasas e impuestos medioambientales
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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