Inscripción y transferencia

Trámite 410

En plazo permanente

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Detalles del trámite

A través de este trámite se podrá inscribir, transferir y cambiar la titularidad en el Registro de Maquinaria Agrícola (ROMA) de todos aquellos vehículos y maquinaria agrícola que cumplan los requisitos de la normativa.

Al hacer la solicitud los datos de la MARCA, MODELO Y Nº DE BASTIDOR de la maquinaria deberán indicarse EXACTAMENTE tal como aparecen en la documentación original.

En concreto, a instancias del titular, se puede:

- incorporar maquinaria nueva a la actividad agraria,

- incorporar maquinaria usada procedente de otros países,

- incorporar maquinaria procedente de los sectores de obras y servicios al sector agrario,

- inscribir equipos usados de distribución de fertilizantes y fitosanitarios no inscritos con anterioridad,

- cambiar la titularidad en la misma provincia (transferencia, herencias, etc.) sin modificar su uso o destino,

- cambio de titularidad cuando proviene de otra provincia.


Pago de tasas

Tasa 10 modelo 510 tarifa 4 "Maquinaria primera inscripción" o "Transferencia o cambio de titularidad".

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial - Pasos a seguir
  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Con la ayuda del personal habilitado

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Justificante de pago de la tasa

    Tasa por alta de maquinaria en el ROMA, Tasa 10-Modelo 510-Tarifa 4 (excepto las suspendidas).


Documentos a aportar si cumples estas condiciones:

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Verificación de Datos de Identidad


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN ALIMENTARIA

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

No podrán inscribirse en el ROMA aquellos tractores usados procedentes de otros Estados miembros carentes de estructura de protección homologada (cabina). (Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo; artículo 7, punto 3).

Los tractores cuya fecha de primera inscripción en el ROMA sea igual o superior a 40 años y que NO dispongan de una estructura de protección homologada (cabina), NO podrán realizar cambios de titularidad (transferencias), excepto los cambios de titularidad por herencias, que sí se pueden transferir. (Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo; artículo 7, punto 2; artículo 17, punto 3).

La cabina o estructura de protección homologada de los tractores debe constar en la ficha técnica ITV.

Solo se podrán registrar en ROMA las máquinas o vehículos clasificados como agrícolas. La clasificación se encuentra en la ficha técnica ITV (casilla C.L.) y empieza por 50-51-52-53-54-55-56 (Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos).

En el caso de las máquinas/vehículos que se quieran cambiar de titular estén subvencionadas, y no hayan transcurrido los 5 años, no se podrán tramitar las transferencias (hay excepciones, consultar con la Unidad o Entidad que haya concedido la subvención).

No deben registrarse en ROMA, de acuerdo al Real Decreto 448/2020, las siguientes máquinas: maquinaria para obras y servicios, equipos utilizados en la industria agroalimentaria, máquinas estacionarias, máquinas portátiles llevadas a mano y algunos accesorios para máquinas suspendidas.

Se tramita en los Servicios Provinciales del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

Coordinación: Servicio de Ayudas a la Organización de Mercados, de la Dirección General de Innovación y Promoción Alimentaria.

Recursos y enlaces de interés

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Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

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Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

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Apartado siguiente:

Ayuda a la tramitación electrónica

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