Adopción internacional
En plazo permanente
-
Descarga y rellena el formulario principal. No olvides repasar el resto de documetos necesarios.
-
A través del registro electrónico general.
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
procedure.content
Menú
En plazo permanente
-
Descarga y rellena el formulario principal. No olvides repasar el resto de documetos necesarios.
-
A través del registro electrónico general.
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, las personas interesadas en realizar una adopción internacional podrán presentar una solicitud de valoración de idoneidad para la adopción al Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS), paso previo a la adopción internacional.
Este trámite se tiene que realizar después de haber asistido a una sesión informativa sobre la adopción, de la que habrá que adjuntar un documento acreditativo de asistencia.
Para poder realizar el trámite, el solicitante debe:
Descarga y rellena el formulario principal. No olvides repasar el resto de documetos necesarios.
A través del registro electrónico general.
Otras acciones
Dirigido a
- Personas interesadas en adoptar a un menor extranjero
Requisitos
- Ser mayor de 25 años. En el caso de una pareja, es suficiente que al menos uno de ellos haya alcanzado dicha edad.
- Asistencia a la reunión informativa previa
- No participar en programas de acogida temporal de menores extranjeros del país para el que se solicita la adopción, salvo excepciones a valorar en interés del menor.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Resolución
5 meses desde la fecha de entrada de la solicitud en el Registro del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Fotografía de tamaño carnet
Una fotografía de tamaño carnet de cada solicitante
-
2. Informe médico del estado de salud
De cada solicitante. En este documento se acreditará su estado de salud física y mental. En caso de enfermedad, deberá constar el diagnóstico, grado de afectación y su posible evolución.
-
3. Fotocopia de la declaración del IRPF
Del último ejercicio económico. En su defecto, certificado de haberes brutos del mismo periodo, o documentos que acrediten los ingresos económicos.
-
4. Fotocopia de la Tarjeta Sanitaria
O documento que acredite la cobertura sanitaria.
-
5. Volante de empadronamiento
Expedido por el Ayuntamiento que corresponda.
-
6. Certificado literal de nacimiento
Certificación literal de la inscripción de nacimiento en el Registro Civil de cada solicitante
-
7. Certificado de Registro de Parejas estables No casadas
-
8. Personas solicitantes monoparentales Certificado del Registro Civil
Las personas solicitantes monoparentales acreditarán su estado civil, mediante el Certificado de Estado civil expedido por el Registro Civil o mediante Declaración Jurada.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Consulta de Datos de Identidad
Consulta de Inexistencia de Antecedentes Penales por Documentación
Consulta de Inexistencia de Delitos Sexuales por Documentación
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
La solicitud de Adopción Internacional es compatible con la de Adopción Nacional.
No se podrá tramitar la Adopción Internacional en dos países simultáneamente, salvo casos excepcionales, valorados por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales, a petición de los interesados.
En el momento de la asignación del menor, la persona o personas adoptantes deberán tener, por lo menos, 14 años más que el acogido
No se aceptarán solicitudes de adopción internacional hasta transcurrido un año desde la fecha de incorporación de un menor a la familia solicitante, sea por nacimiento, acogimiento o adopción.
Asimismo, no se admitirán nuevas solicitudes de adopción de las personas ya valoradas como No Idóneas hasta transcurridos cinco años desde que se dictó la Resolución por la que se declaró su No Idoneidad, salvo que se haya producido un cambio en las circunstancias que motivaron dicha valoración negativa.
Durante el proceso de valoración de idoneidad se llevarán a cabo sesiones formativas de ineludible asistencia para tal fin.
La valoración de idoneidad se hará tras la asistencia al curso de formación por parte de los solicitantes.
Más información en https://www.aragon.es/-/adopcion-internacional
Más normativa:
- Carta Europea de los Derechos del Niño (DOCE nº C 241 de 21 de septiembre de 1992)
- Legislación del país de origen de los menores
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Durante de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
5 meses desde la fecha de entrada de la solicitud en el Registro del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Correo electrónico. iass@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
-
Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia
-
Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia
-
Ley 1/96, de 15 de enero, de Protección Jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil
-
Ley 12/2001, de 2 de julio, de la Infancia y Adolescencia de Aragón
-
Decreto 188/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento Administrativo previo a la adopción nacional e internacional
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
Más información
¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
- Sí
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.