Solicitud de constatación
Fuera de plazo - Del 01/06/2020 al 27/06/2020
El plazo de presentación terminó el 27 junio 2020
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
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Fuera de plazo - Del 01/06/2020 al 27/06/2020
El plazo de presentación terminó el 27 junio 2020
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite desde el 27 de junio, con motivo de la publicación en el BOE del RD 24/20, no pueden presentarse expedientes en base al artículo 22 del RD Ley 8/2020.
Dirigido a
- Empresas
- Personas trabajadoras
Requisitos
- Causa de fuerza mayor derivada del estado de alarma debido al COVID-19.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 01/06/2020 a las 00:00 h
Fin: 27/06/2020 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
Ampliación del plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Representación
Acreditación de representación legal.
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2. Informe de pérdida de actividad
Informe relativo a la vinculación de la pérdida de actividad como consecuencia del COVID-19.
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3. Documentación acreditativa
Los medios de prueba que estime necesarios.
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4. Documento de comunicación a los/as representantes de los trabajadores/as
Comunicación a los representantes de los trabajadores de la documentación anterior, y de no existir, comunicación de la existencia de la solicitud a los trabajadores.
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5. Decisión empresarial
Posteriormente a serle notificada la resolución aprobatoria de constatación de la existencia de la fuerza mayor, deberá presentar la decisión empresarial, y en su caso, el calendario de aplicación de las medidas.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Recursos y enlaces de interés
- Más información del procedimiento de regulación de empleo por estado de alarma
- Más información sobre regulación de empleo en Aragón
- Si quiere iniciar un ERTE que no sea de fuerza mayor sino por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, este es el tramite adecuado
- Información sobre ampliación de plazos máximos de resolución y notificación
- Consulte nº de expediente ERTE. El número de expediente ERTE se deberá comunicar al Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE) para tramitar las prestaciones por desempleo de los trabajadores afectados
- Si quiere solicitar la renuncia total al ERTE de fuerza mayor ya presentado
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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Ampliación del plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Correo electrónico. rrll.trabajo@aragon.es
Correo electrónico. Zaragoza. trabajo@aragon.es
Presencial. De 9 a 14 horas. Zaragoza. Paseo Fernando el Católico, 63-65. 50006
Teléfono. De 9 a 14 horas. Huesca. 974 293 017
Correo electrónico. Huesca. trabajohu@aragon.es
Presencial. De 9 a 14 horas. Huesca. Ricardo del Arco,6, 2ª planta. 22071
Teléfono. De 9 a 14 horas. Teruel. 978 641 182
Correo electrónico. Teruel. trabajote@aragon.es
Presencial. De 9 a 14 horas. Teruel. San Francisco, 1, 1ª planta. 44001
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
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Real Decreto 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19
-
Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada
Normativa general
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Ayuda a la tramitación electrónica
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