Volver a Autorización / Inscripción en Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios de Aragón

Autorización / Inscripción en Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios de Aragón - Alta en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA)

N°10200

Se inscribirán en este Registro General cada uno de los establecimientos de las empresas alimentarias o, en el caso de que éstas no tengan establecimientos, las propias empresas, siempre que la sede del establecimiento o la sede o domicilio social de la empresa que no tenga establecimiento esté en territorio español y su actividad sea, producción, transformación, elaboración y/o envasado, almacenamiento y/o distribución y/o transporte o importación de: Alimentos o productos alimenticios destinados al consumo humano, materiales y objetos destinados a estar en contacto con alimentos o coadyuvantes tecnológicos utilizados para la elaboración de alimentos.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • El establecimiento o la sede social de la empresa tiene que estar ubicada en ARAGÓN.

Requisitos

  • Según el destinatario directo de sus productos corresponde uno u otro registro:
    • Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) en caso de empresas o establecimientos que comercialicen con otras empresas o establecimientos.
    • Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios de Aragón (RSEAA), en el caso de comercio al por menor y que sus productos sean destinados directamente al consumidor final.
  • Personas físicas o jurídicas con establecimientos dedicados a elaborar, manipular, envasar, almacenar o suministrar productos alimenticios y/o materiales destinados a entrar en contacto con los alimentos.
  • Realizar una actividad comercial relacionada con alimentos o productos alimenticios, coadyuvantes tecnológicos o materiales u objetos en contacto con los alimentos.

Pago de tasas

Tasa 13, tarifa 14 y 17

En el caso de transportistas, distribuidores sin instalaciones, importadores y empresas de restauración sin instalaciones, solo abonarán la tarifa 17.

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • memoria de actividad

    En esta memoria se deberá indicar como mínimo qué productos se van a elaborar o comercializar, qué procesos de elaboración, envasado, etc. se van a hacer y a quién van destinados los productos.

    En el caso de los transportistas no es necesario presentar esta memoria.

  • Justificante del pago de la tasa 13.

    Deberá presentar el justificante de haber realizado el pago efectivo de la tasa13, tarifa (14 y/o 17) según proceda, bien en la entidad bancaria o telemáticamente.

Información adicional

Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

Tres meses. En el caso de inscripción no aplica el silencio administrativo ni hay resolución. Si se trata de autorización transcurridos tres meses sin emitir resolución, la solicitud se entenderá DESE...

Ver más

Trámites relacionados

¿Te ha resultado útil esta página?

Ayúdanos a mejorar la página de trámites del Gobierno de Aragón

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web