Acciones formativas privadas de centros de Formación Profesional de titularidad privada. Provincia de Zaragoza. - Solicitud de autorización para impartir acciones formativas por centros de Formación Profesional de titularidad privada. Provincia de Zaragoza
N° 11031
Este trámite se corresponde con lo dispuesto en el artículo 173.1 del DECRETO 91/2024, de 5 de junio, del Gobierno de Aragón por el que se establece la Ordenación de la Formación Profesional del Grado D y del Grado E en la Comunidad Autónoma de Aragón en su redacción vigente: "De acuerdo con lo establecido en el artículo 205.1 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, los centros privados no sostenidos con fondos públicos, que ya se encuentren autorizados para la impartición de cualquiera de las modalidades establecidas en el mencionado Real Decreto, deberán comunicar con una antelación de sesenta días a la fecha de inicio, las
acciones formativas que desean impartir de los Grados D y E para su autorización por parte de la Dirección del Servicio Provincial del Departamento competente en las enseñanzas no universitarias, previo informe de la Inspección de Educación. 2. La comunicación establecida en el apartado anterior, al menos, deberá contener:
a) Las fechas de inicio y finalización de cada Grado D o E.
b) La relación de personas participantes, con indicación del detalle del horario de las personas en formación, la formación en empresa de cada una de ellas, identificación de la o las empresas u organismos equiparados y fechas de realización, así como de las personas que se encontraran exentas de su realización.
c) La documentación justificativa de la acreditación requerida por profesorado y personas expertas que imparten docencia en los Grados D y E autorizados.
d) Una planificación del proceso de evaluación, con indicación de las fechas de realización de las pruebas finales, de los instrumentos que se van a utilizar, de los espacios
destinados a las pruebas y de la duración de las mismas.
e) El convenio o acuerdo entre el o los centros formativos y las empresas u organismos equiparados para la realización de la formación en empresa.
f) Cómo se realizará la orientación profesional del alumnado
Dirigido a
- centros privados de FP con enseñanzas autorizadas
Información adicional
Deben incluirse todos los documentos indicados en la normativa para su tramitación
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Servicio Provincial de Educación de Zaragoza 976 716 400
- Teléfono. Servicio Provincial de Educación de Zaragoza 976 716 400
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
SERVICIO PROVINCIAL DE ZARAGOZA DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
Normativa
Decreto 91/2024, de 5 de junio, del Gobierno de Aragón por el que se establece la Ordenación de la Formación Profesional del Grado D y del Grado E en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Decreto 91/2024, de 5 de junio, del Gobierno de Aragón por el que se establece la Ordenación de la Formación Profesional del Grado D y del Grado E en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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