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Acciones formativas privadas de centros de Formación Profesional de titularidad privada. - Comunicación de los centros privados no sostenidos con fondos públicos de altas de alumnado, bajas de alumnado y fechas en que se producen.

N° 11032

Este proceso es el cauce de comunicación de las altas de alumnado, bajas de alumnado y fechas en que se producen que deben emitir los centros privados para las enseñanzas autorizadas privadas (no concertadas) en base al artículo 173. Funcionamiento básico de los centros privados que impartan Formación Profesional del DECRETO 91/2024, de 5 de junio, del Gobierno de Aragón por el que se establece la Ordenación de la Formación Profesional del Grado D y del Grado E en la Comunidad Autónoma de Aragón en su redacción vigente: "3. Asimismo, los centros privados no sostenidos con fondos públicos deberán comunicar, en un plazo máximo de quince días a la Dirección del Servicio Provincial del Departamento competente en las enseñanzas no universitarias las bajas y altas del alumnado y las fechas en que se producen".

Plazo de presentación

Del 01/11/2025 al 30/06/2026

Próximamente

Consultar trámite

Dirigido a

  • Centros privados de FP con enseñanzas autorizadas privadas (no concertadas)

Información adicional

Deben incluirse los datos de altas de alumnado, bajas de alumnado y fechas en las que se han producido.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

  • Teléfono. Servicio Provincial de Educación de Zaragoza 976 716 400

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 01/11/2025 al 30/06/2026

Próximamente

Los centros privados no sostenidos con fondos públicos deberán comunicar, en un plazo máximo de quince días a la Dirección del Ser-vicio Provincial del Departamento competente en las enseñanzas no universitarias las bajas y altas del alumnado y las fechas en que se producen.

Resolución

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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