Seguridad Industrial. Guía de servicios de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria (ACS), hasta el 29 de febrero de 2008
Procedimiento de acreditación del cumplimiento de las condiciones de seguridad industrial de las instalaciones térmicas en los edificios
Objeto
Esta Guía pretende hacer efectivo el principio de información a los ciudadanos y de publicidad de la acción administrativa. Recoge el procedimiento de acreditación del cumplimiento de las condiciones de seguridad industrial de las instalaciones térmicas en los edificios, tanto para:
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Puesta en funcionamiento de instalaciones de nueva planta
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Reformas de instalaciones existentes
No son objeto de este procedimiento las instalaciones de agua caliente sanitaria por medio de calentadores instantáneos, calentadores acumuladores y termos eléctricos cuando la potencia de cada uno de ellos sea igual o menor que 70 kW, ni el resto de instalaciones cuya potencia térmica sea inferior a 5 kW.
En las instalaciones cuya potencia térmica sea superior a 70 kW, el Servicio Provincial emitirá la correspondiente resolución.
Destinatarios (beneficiarios u obligados)
Usuario de la instalación
Como responsable del uso correcto de la instalación y de las obligaciones que le impongan la normativa y reglamentación vigente, será quien presente el proyecto para su registro, solicite la puesta en funcionamiento de la instalación por nueva planta o por reforma y quien comunique el cambio de titularidad y la baja de la instalación.
Empresa instaladora habilitada
Será quien ejecute instalación en función de las características de la misma. En el caso de instalaciones que no requieran proyecto, será quien solicite la puesta en funcionamiento de la instalación por nueva planta o por reforma.
Sobre el procedimiento
Requisitos exigidos
Las instalaciones térmicas en los edificios (calefacción, climatización y agua caliente sanitaria) se clasifican en función de la potencia térmica instalada según la TABLA 1 y siempre deberán estar realizadas por empresa instaladora habilitada, quien deberá emitir un Certificado de la instalación.
Todas las instalaciones con el fin de conservar en el tiempo las características funcionales de los equipos y aparatos, mantener el rendimiento global a su máximo nivel, proteger el medio ambiente y preservar la seguridad para las personas y los bienes deberán ser objeto de mantenimiento.
Tasas
Si los trámites se realizan directamente ante los Servicios Provinciales, las tasas de aplicación son:
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Tramitación de instalaciones con Memoria técnica (potencia térmica menor o igual de 70 kW): 86,35 +(N-1) x 5,65 €. (Siendo N el nº de instalaciones particulares o colectivas tramitadas con el mismo expediente)
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Tramitación de instalaciones con Proyecto técnico (potencia térmica mayor de 70 kW): según escala de gravamen - (PDF, 33 Kb)
Lugar de presentación (Órganos Gestores)
El titular solicitará ante los Servicios provinciales el trámite previsto.
También podrán presentarse las solicitudes en cualquier registro de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas, y de aquellas entidades locales que hubieran suscrito el oportuno convenio, así como en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista en la ley.
Información adicional
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Oficinas de información de la Comunidad autónoma donde podrá obtener información y presentar la documentación.
Plazo de tramitación o resolución
El plazo máximo que dispone la Administración para resolver la autorización de puesta en funcionamiento de una instalación, independientemente de que se trate de nueva planta o de una reforma, será de tres meses a partir de la fecha de entrada de la Solicitud de Puesta en funcionamiento de la instalación en la entidad gestora del expediente (Servicio Provincial) hasta la fecha de la notificación de la resolución de puesta en funcionamiento.
Efecto del silencio administrativo
En los casos de las tramitaciones que requieren autorización, el efecto del silencio por falta de resolución y notificación en plazo es positivo (autorización concedida).
Para los procedimientos de comunicación si presentada la comunicación y realizado el pago de la correspondiente tasa o tarifa, al interesado no se le ha requerido la corrección de defectos de la comunicación, se considerará que la misma se ha practicado válidamente y por tanto el efecto del silencio es positivo (comunicación practicada válidamente).
Unidad orgánica competente
Dirección General de Industria y de la pequeña y mediana empresa.
Documentación y Recursos
Los documentos indicados con * serán obligatorios para cualquier tramitación:
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Proyecto técnico (para instalaciones con potencia térmica mayor de 70 kW)
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Memoria técnica (para instalaciones con potencia térmica menor o igual a 70 kW)
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(*) Certificado de la instalación. Modelo C0009 - (DOC, 83 Kb)
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Certificado de inspección inicial. Modelo C0010 - (DOC, 67 Kb) (para instalaciones con potencia térmica mayor de 70 kW)
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Certificado de cumplimiento UNE 60670 parte 13 (sólo se aportará en las pruebas de puesta en marcha de cada una de las instalaciones individuales de calefacción y/o agua caliente sanitaria con aparatos que utilicen gas como combustible ).
Última actualización: 05/06/2024
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