Seguridad Industrial. Revisiones y pruebas periódicas de almacenamiento de gases licuados del petróleo (GLP) en depósitos fijos

  • Servicio de Metrología, Seguridad y Calidad Industrial
  • Seguridad industrial
  • Industria
  • Industria, energía y minería

Revisiones y pruebas periódicas obligatorias, condiciones, procedimiento...

Responsable de la instalación

El titular de la instalación o en su defecto los usuarios, serán los responsables del mantenimiento, conservación, explotación y buen uso de las instalaciones de tal forma que se hallen permanentemente en disposición de servicio, con el nivel de seguridad adecuado. Asimismo atenderán las recomendaciones que, en orden a la seguridad, les sean comunicadas por el suministrador.

También será responsable de que esté vigente en todo momento el contrato de mantenimiento, de la custodia del Libro de Mantenimiento, así como del certificado de la última revisión periódica realizada.

Revisiones y pruebas periódicas

En la TABLA 2. Revisiones y pruebas periódicas de instalaciones de almacenamiento de GLP en depósitos fijos - (PDF, 47 Kb)se recogen las revisiones y pruebas periódicas a las que deben ser sometidas las instalaciones de almacenamiento de GLP en depósitos fijos, que deberán ser revisadas por parte de la empresa instaladora que haya suscrito con el titular de la instalación el preceptivo contrato de mantenimiento.

Cuando la revisión sea favorable, la empresa instaladora emitirá un certificado de revisión que entregará al titular o usuario. En caso contrario se cumplimentará un informe de anomalías que deberá ser entregado al titular, el cual será responsable de que se realicen las correspondientes subsanaciones.

El titular deberá tener siempre en su poder un ejemplar del certificado de la última revisión realizada, que podrá ser requerido por el Servicio Provincial o por el suministrador de la instalación afectada. No podrá suministrarse GLP a ninguna instalación, si el titular no acredita ante el suministrador la realización de las revisiones periódicas indicadas en la TABLA 2 , en los plazos oportunos y con resultado favorable.

En cuanto a las pruebas periódicas de presión, el titular de la instalación deberá encargar a un organismo de control, que asistido por la empresa instaladora que tiene suscrito el contrato de mantenimiento de la instalación, realizará la prueba y emitirá un acta de pruebas una vez concluida la citada operación con resultado favorable. No podrá suministrarse GLP a ninguna instalación, si pasado el plazo para la realización de la prueba periódica de presión, el titular no acredita su cumplimiento mediante copia del certificado de idoneidad del fabricante o acta de inspección del organismo de control.

Última actualización: 24/02/2023

¿Te ha resultado útil esta página?

Me ha sido útil

Ayúdanos a mejorar la página del Gobierno de Aragón

Enviar Enviar mensaje Enviar sin comentario Enviar valoración sin mensaje

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web