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Almacenamiento de gases licuados del petróleo (GLP) en depósitos fijos

Legislación, procedimientos para la ejecución y puesta en servicios, revisiones, pruebas periódicas, impresos, guía de servicios, profesionales...

Última actualización: 12/06/2019

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Instalaciones de Depósitos Fijos de G.L.P

Las instalaciones de almacenamiento de Gases Licuados del Petróleo (propano, butano, ..) en depósitos fijos, deberán atender desde el 04/03/2007 al Reglamento de técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnica complementarias ICG 01 a 11 aprobado por el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, y en concreto deberán atender a lo establecido en la ITC-ICG 03.

Mediante la Orden de 30 de marzo de 2007, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de Aragón, se regula el procedimiento de acreditación del cumplimiento de las condiciones de seguridad industrial de las instalaciones receptoras de combustibles gaseosos, adaptándola a la nueva legislación.

Legislación

Plataformas telemáticas de tramitación

La plataforma propia del Gobierno de Aragón es DIGITA.

Índice

  • Ejecución y puesta en servicio
    Legislación y procedimientos

  • Revisiones y pruebas periódicas
    Obligaciones, documentación, certificados.

  • Formularios, impresos y tablas
    Documentación, formularios y tarifas.

  • Guía de servicios
    Objeto y procedimiento

  • Información de interés
    Procedimiento para la puesta en servicio de una instalación

 

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