Política Agraria Común (PAC) 2024. Ayudas directas
Información sobre las ayudas directas de la PAC. Ayuda Básica a la Renta para la Sostenibilidad. Reserva nacional y cesión de derechos PAC.
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Ayuda Básica a la Renta para la Sostenibilidad (ABRS)
En la campaña 2023 esta ayuda sustituyó al pago básico, con el fin de incrementar la remuneración de las explotaciones agrarias y contribuir a su resiliencia. La Ayuda básica a la renta para la sostenibilidad y del pago redistributivo va a suponer el 61 % del presupuesto de los pagos directos.
Regiones
Se mantiene la regionalización pero simplificada, pasando de 50 a 20 regiones. El importe de la ABRS variará por regiones agrarias (agrupaciones de comarcas agrarias con características agronómicas similares) para dar respuesta a las diferencias de estructuras de producción del sector agrario.
Fichas de información de las Regiones SIGPAC. Fuente: Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA)
Conversión de los Derechos de Pago Básico a Derechos de Ayuda Básica a la Renta para la Sostenibilidad
La región de los Derechos de ABRS se basa en un modelo de regionalización simplificado, pasando del modelo anterior de 50 regiones agronómicas, a un modelo de 20 regiones englobadas en cinco bloques:
- Tierras de cultivo de secano.
- Tierras de cultivo de regadío.
- Cultivos permanentes.
- Pastos permanentes.
- Región Balear.
El valor y la región de los nuevos derechos de ayuda básica, se establece sobre la base de los derechos de pago básico existentes a 31 de diciembre de 2022, y las superficies determinadas de la campaña 2023 a través de un proceso de conversión. Básicamente, el dato de región ABRS asignado a un recinto SIGPAC depende de:
- La orientación productiva de dicho recinto en el año 2020, para cuya determinación se ha empleado información de la campaña 2020 procedente de la solicitud única y del SIGPAC.
- La comarca agraria donde se ubica dicho recinto.
La transformación de los derechos se va a llevar a cabo a través de dos etapas:
- Provisional: antes de la apertura de la solicitud única de ayudas de la campaña 2023 (antes por tanto del 1 de marzo de 2023), de cara a que los agricultores conozcan el valor y la región estimados de sus futuros derechos con antelación y se ofrezca así, seguridad jurídica a los agricultores que vayan a realizar las cesiones de derechos en esa campaña.
- Definitiva: Posteriormente, se procederá a realizar la conversión definitiva de los derechos, que tendrá lugar antes del 1 de abril de 2024.
Convergencia
Se continúa y profundiza con la convergencia de las ayudas por región, de cara a conseguir un reparto más equitativo de las ayudas.
En el proceso de convergencia interna, los valores de los derechos de pago por encima de la media regional se reducen con el fin de aumentar el valor de los derechos por debajo de la media.
En 2021, todos los derechos alcanzaron el 70 % del valor medio regional. El objetivo es que en 2026, el valor de todo derecho sea, al menos, el 85 % del valor medio regional y en 2029 se llegue a la plena convergencia.
Número, valor y convergencia de los Derechos de ABRS
La información sobre los valores provisionales de los nuevos derechos de ABRS y su convergencia durante el periodo 2023-2027 puede consultarse a través de la Consulta pública de Derechos de ABRS habilitada por el FEGA. Incluye el apartado calculadora de ayudas directas, que permite conocer el importe en concepto de ayudas directas que podrá percibir el beneficiario esta campaña.
Consulta pública de personas beneficiarias titulares/arrendatarias de derechos de ayuda básica para la sostenibilidad. Fuente: Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
- Nota informativa del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), 28 febrero 2023.
- Aplicación de consulta de derechos de ABRS.
- Guía explicativa de la consulta pública y calculadora de ayudas
- Anuncio de la Dirección General de Producción Agraria sobre la publicación de la asignación provisional de los Derechos de ABRS (Boletín Oficial de Aragón, 15 marzo 2023)
Limitación de pagos (Capping)
Se aplica en los pagos a grandes explotaciones. Se limitarán los importes de la ABRS por persona beneficiaria y año:
- Reducción progresiva del importe que supere los 60.000 €.
- Limitación del importe a 100.000 €.
La reducción será del 25 % de 60.000 € a 75.000 €, del 50% de 75.000 € a 90.000 € o del 85 % de 90.000 € a 100.000 €.
Para evitar distorsiones en el empleo, se podrán descontar los costes salariales directamente soportados y los costes laborales de empresas de servicios agrícolas, pero ninguna explotación cobrará más de 200.000 € de ABRS.
En captura 2024 se puede incorporar como documento el TC01- Recibo de cotización de liquidaciones de la Seguridad Social, para poder incluir los costes laborales.
Reserva nacional y cesión de derechos
Reserva nacional
Se continúa con este mecanismo que permite conceder derechos atendiendo con carácter prioritario a:
- los agricultores jóvenes y a los nuevos agricultores que se establezcan por primera vez
- titulares que no han participado nunca en el sistema de derechos de pago básico (viñedo o frutas y hortalizas y programas de reestructuración).
Trámites:
-
Solicitud de derechos del régimen de ayuda básica a la renta a la reserva nacional (trámite 439)
- Documentos a presentar en las solicitudes a la reserva nacional (PDF, 166 KB)
Cesiones de derechos
Todos los derechos de Ayuda Básica a la Renta para la Sostenibilidad pueden cederse con la única limitación de que solo podrán transferirse y activarse dentro de la misma región.
Los derechos de ABRS pueden transferirse de forma permanente o temporal sin tener que estar vinculado a una decisión de tierras.
Tramites:
La presentación de cesión de derechos de ayuda básica a la renta y solicitud de derechos a la reserva nacional se realizan obligatoriamente de modo electrónico:
- Renuncia voluntaria de derechos a favor de la reserva nacional (trámite 949)
Documentos relacionados:
- Documentos requeridos en las cesiones (PDF, 185 KB)
- Modelo acuerdo tripartito (PDF, 226 KB)
- Reparto de herederos (PDF, 203 KB)
- Modelo de autorización del cesionario (PDF, 111 KB)
Jornadas de formación sobre novedades de las ayudas de la PAC en la campaña 2024
Pago Redistributivo
El Pago Redistributivo (PR) es un pago complementario a la ABRS y se concede a las primeras hectáreas de todas las explotaciones. Favorece a las explotaciones medianas profesionales utilizando un doble umbral que varía para cada una de las 20 regiones agrarias.
Las personas beneficiarias deben cumplir la condición de agricultor activo y ser titular de al menos un derecho de ABRS, dado que el pago redistributivo es complementario a esta ayuda. Esta ayuda se concede en función de las primeras hectáreas subvencionables consideradas en cada región, sin exigencia de disponer de derechos activados sobre todas las hectáreas (no se tiene en cuenta el número de derechos que posea la explotación).
De esta manera el cálculo se hace:
- En las primeras hectáreas de la explotación y hasta el primer umbral (X hectáreas), el pago redistributivo será del 20 % del valor medio regional.
- A partir del primer umbral (X hectáreas) y hasta un segundo umbral (Y hectáreas), el pago redistributivo será del 40 % del valor medio regional.
- A partir de este último umbral de hectáreas (Y hectáreas) no se concede el pago redistributivo.
Los umbrales (X/Y hectáreas) se han calculado (y varían), para cada región, teniendo en cuenta las características y estructura de las explotaciones y el importe disponible.
El importe por hectárea de la ayuda redistributiva, se establece en función del valor medio regional de la ABRS y no en función del valor medio de los derechos del solicitante.
Preguntas más frecuentes sobre pago redistributivo (Fondo Español de Garantía Agraria. FEGA)
Ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras
El Pago complementario a la ABRS pretende asegurar el relevo generacional y evitar la despoblación en zonas rurales apoyando a personas jóvenes, de hasta 40 años, incorporadas por primera vez y recientemente como jefe o jefa de explotación y que cumplan con unos criterios mínimos de formación y/o capacitación agraria.
El importe de esta ayuda es el valor medio regional de los derechos de pago hasta un máximo de 100 hectáreas.
Una de las líneas estratégicas de la PAC es conseguir una mayor presencia femenina. Si la beneficiaria es mujer, titular o cotitular de explotación, se incrementa el 15% (por primera vez se incorpora el enfoque de género en la PAC).
La duración de esta ayuda complementaria son cinco años.
Además muchas otras medidas cuentan con un trato favorable para jóvenes, por ejemplo, en materia de formación y asesoramiento y la puesta en marcha de nuevas empresas rurales.
Trámite
Ayuda complementaria a la renta a jóvenes agricultores. PAC 2024 (trámite 1750)
Preguntas más frecuentes sobre pago complementario a jóvenes agricultores y agricultoras (Fondo Español de Garantía Agraria. FEGA)
Información y contacto
Consultas o incidencias en la tramitación de la PAC
Red de Oficinas Comarcales Agrarias y Alimentarias del Departamento.
Última actualización: 31/05/2024
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