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Subtipología INAGA 71C. Declaración ambiental estratégica
- Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
- Explotaciones e industrias ganaderas
- Actividades industriales y energía
- Medio ambiente
Trámite de obtención de la declaración ambiental estratégica de un plan o programa, a desarrollar en la Comunidad Autónoma de Aragón. La declaración es un informe preceptivo y determinante del INAGA con el que concluye la evaluación ambiental estratégica ordinaria.

Presentación de solicitudes
Subtipología INAGA 71C. (Procedimiento 942). Declaración ambiental estratégica
(INAGA). Tipología 71 - Evaluación ambiental estratégica de planes y programas
Información específica del procedimiento administrativo
La información a nivel de tipología INAGA se encuentra disponible en el siguiente enlace: Evaluación ambiental estratégica de planes y programas.
Denominación
Evaluación ambiental de planes y programas.
Descripción
La declaración ambiental estratégica es un informe preceptivo y determinante del órgano ambiental con el que concluye la evaluación ambiental estratégica ordinaria que evalúa la integración de los aspectos ambientales en la propuesta final del plan o programa.
Evaluación ambiental estratégica ordinaria
Son objeto de evaluación ambiental estratégica ordinaria los planes y programas, así como sus modificaciones, que se adopten o aprueben por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o por una administración local de la Comunidad Autónoma, y cuya elaboración y aprobación venga exigida por una disposición legal o reglamentaria o por acuerdo del Gobierno de Aragón en cualquiera de los siguientes casos:
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Los que sean susceptibles de ser sometidos a evaluación de impacto ambiental y que se refieran a agricultura, ganadería, silvicultura, acuicultura, pesca, energía, minería, industria, transporte, gestión de residuos, gestión de recursos hídricos, telecomunicaciones, turismo, ordenación del territorio urbano y rural o del uso del suelo.
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Los que requieran una evaluación por afectar a espacios de la Red Natura 2000 en los términos previstos en la legislación de patrimonio natural y biodiversidad.
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Los que puedan acogerse a evaluación ambiental estratégica simplificada pero, bien por decisión del órgano ambiental (de acuerdo a los criterios del anexo III) o bien a instancia del promotor, se incluyan en la evaluación ambiental estratégica ordinaria.
El artículo 18 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón está dedicado a la declaración ambiental estratégica. La misma contendrá:
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una exposición de los hechos que resuma los principales hitos del procedimiento,
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los resultados de la información pública y de las consultas,
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las determinaciones, medidas o condiciones finales que deban incorporarse en el plan o programa que finalmente se apruebe.
Preguntas frecuentes sobre evaluación ambiental estratégica
Requisitos de los solicitantes
Ser promotor de planes o programas sometidos a evaluación ambiental.
Tasas
Tasa 28 por servicios administrativos en materia de protección del medio ambiente
Tarifa 16. En la evaluación ambiental estratégica de planes y programas previstos en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, cuando se hubiera resuelto su sometimiento al procedimiento completo de evaluación ambiental: cuota de 1.490,58 euros.
Tarifa 17. En los supuestos de evaluación ambiental estratégica simplificada de planes y programas previstos en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón: cuota de 395,46 euros.
Observaciones
La evaluación ambiental estratégica de planes y programas viene regulada en el Capitulo I del Titulo I de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón (BOA número 241, de 10/12/2014).
La interacción entre INAGA y los ciudadanos o empresas para este trámite se puede realizar de forma enteramente digital a través de las herramientas informáticas dispuestas para ello en la Oficina Virtual de INAGA.
- Plazo de tramitación: 4 meses.
- Régimen intervención administrativa: previo.
- Efecto del silencio: negativo.
- Normativa reguladora: se recomienda consultarla a través de INASEI. Tipología INAGA 71.
Ayuda para cumplimentar los formularios
Documentación requerida junto con la correspondiente solicitud:
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Anexo I: Datos generales del plan o programa y documentación digital presentada
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Propuesta del plan o programa
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Estudio ambiental estratégico
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Resumen información y participación pública
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Otra documentación (especificar)
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Fichero normalizado SIG con información cartográfica, incluyendo:
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Ámbito del plan o programa
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Divisiones administrativas consideradas
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Representación cartográfica de las actuaciones previstas
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Ficheros que permitan la representación de los planos presentados en papel
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Otros (especificar)
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Documento de referencia para cumplimentar los formularios de evaluación ambiental estratégica (PDF, 853 KB)
Documento de referencia sobre evaluación y autorización ambiental (PDF, 1,2 MB)
Contacto
Si requiere realizar cualquier consulta en relación a la tramitación de expedientes de Declaración ambiental estratégica de planes y programas (EAPP) en la Comunidad Autónoma de Aragón, puede utilizar los siguientes canales:
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Atención por correo electrónico:
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Área II - Medio natural: inaga.area2@aragon.es
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Área III - Medio ambiente industrial: inaga.area3@aragon.es
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Atención telefónica:
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Área II - Medio natural: 976 716 023
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Área III - Medio ambiente industrial: 976 716 024
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Acceso a datos y estadísticas del trámite
Estadísticas INAGA. Evolución del número de expedientes de la subtipología 71C tramitados en INAGA (xlsx 29kb)
A través del Visor GIS INAGA de Resoluciones públicas puede visualizar la localización de resoluciones de expedientes de la Tipología INAGA 71 - Evaluación ambiental estratégica de planes y programas
Última actualización: 10/04/2023
Información y recursos asociados
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