Subtipología INAGA 07L. Comunicación previa de baja de actividades gestión residuos: agentes
Trámite de comunicación previa de cese de actividades de gestión de residuos, en la Comunidad Autónoma de Aragón, para entidades o empresas que realicen actividades de agentes de residuos.
Presentación de solicitudes
Subtipología INAGA 07L. (Procedimiento ). Baja de actividades de gestión de residuos. Agentes.
(Trámites). Procedimiento INAGA 07L - Comunicación previa de cese de actividades de gestión de residuos: agentes
Información específica del procedimiento administrativo
Tipología INAGA 07: Comunicación previa de actividades de gestión de residuos
Acceda al enlace si desea consultar la información a nivel de tipología INAGA.
Denominación
Actividades de entidades o empresas que transporten residuos con carácter profesional, así como actividades de negociantes o agentes de residuos (régimen de comunicación previa e inscripción).
Descripción
Se somete al régimen de comunicación previa las siguientes actividades de gestión de residuos: agentes
Deberán presentar una comunicación previa ante el INAGA, relativa al cese de sus actividades, las entidades o empresas con sede social en Aragón, que figuren inscritas como agentes.
El objeto de dicha comunicación es proceder, por parte del órgano administrativo competente, a la baja de la inscripción de las actividades, desarrolladas por dichos agentes de residuos, en el registro correspondiente.
La comunicación previa deberá presentarse ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) con una antelación mínima de un mes antes del cese de las actividades.
Requisitos de los solicitantes
Realizar actividades de gestión de residuos, como agentes, estando dados de alta en el registro correspondiente, y cesar en la actividad.
Tasas
Sin tasa.
Observaciones
Al tratarse de un procedimiento de comunicación previa, no tiene resolución expresa, salvo en los los casos en los que se deniegue o se condicione. Si en el plazo de un mes no ha recibido notificación de resolución favorable condicionada o denegatoria, se entenderá que puede ejecutar la actuación.
La interacción entre INAGA y los ciudadanos o empresas para este trámite se puede realizar de forma enteramente digital a través de las herramientas informáticas dispuestas para ello en la Oficina Virtual de INAGA.
- Plazo de tramitación: 1 mes.
- Régimen intervención administrativa: comunicación previa e inscripción.
- Efecto del silencio: positivo.
- Normativa reguladora: se recomienda consultarla a través de INASEI. Tipología INAGA 07.
Ayuda para cumplimentar los formularios
Documentación requerida junto con la correspondiente solicitud:
La solicitada desde el TTO (Tramitador Online del Gobierno de Aragón) en el momento de la tramitación.
Contacto
Si requiere realizar cualquier consulta en relación a la tramitación de expedientes de Comunicación previa de baja de actividades de gestión de residuos en la Comunidad Autónoma de Aragón, puede utilizar los siguientes canales:
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Atención por correo electrónico: inaga.area3@aragon.es
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Atención telefónica: 976 716 624
Última actualización: 08/10/2025
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