Convocatoria 2024.

Trámite 10486

Fuera de plazo - Del 20/07/2024 al 31/12/2024

El plazo de presentación terminó el 31 diciembre 2024

Consultar trámite

Trámite10486

Fuera de plazo - Del 20/07/2024 al 31/12/2024

El plazo de presentación terminó el 31 diciembre 2024

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Detalles del trámite

El programa “Volveremos” subvenciona al establecimiento los saldos admitidos como medio de pago a los clientes usuarios de la aplicación móvil “Volveremos”, generados con sus compras de bienes de consumo en establecimientos adheridos. Dicho saldo se genera con cada compra realizada en los establecimientos durante las fechas establecidas en cada campaña, siendo admitidos como medio de pago en las siguientes compras realizadas en la misma red de establecimientos adheridos hasta agotar el presupuesto asignado o hasta finalizar el periodo vigente indicado en esta convocatoria.

Serán gastos subvencionables los tickets de compra, según la metodología de generación y operación que se describe en el Anexo I de la Orden de convocatoria, generados por los clientes usuarios de “Volveremos”, que se hayan realizado y pagado dentro del periodo de gasto subvencionable.


Dirigido a

  • Las pequeñas o medianas empresas (Pymes) que tengan establecimientos minoristas abiertos al público en los municipios de la Comunidad Autónoma de Aragón, y que se adhieran o estén adheridos al Programa “Volveremos”.

Requisitos

  • La Pyme beneficiaria de la ayuda deberá ser titular de, al menos, un establecimiento incluido en el Registro de Actividades Comerciales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Para ser benefciados de las ayudas fnanciadas con los fondos del Gobierno de Aragón, la actividad principal del negocio del benefciario deberá corresponder con alguna de las actividades incluidas en los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas: 641, 642, 643, 644, 645, 647.1, 647.2, 647.3, 647.4, 651, 652.2, 652.3, 652.4, 653, 654.1, 657, 659, 661.3 y 662.2. Además, el benefciario deberá ser titular de, al menos, un establecimiento incluido en el Registro de Actividades Comerciales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Para ser benefciarios de las ayudas fnanciadas con fondos municipales, los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas previstos en el párrafo anterior podrán ser ampliados para incluir actividades de servicios, de acuerdo con lo que conste en el convenio de colaboración firmado con cada entidad local.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Inicio: 20/07/2024 a las 00:00 h

Fin: 31/12/2024 a las 23:59 h

Para solicitar las ayudas es necesario adherirse al programa “Volveremos”. Para ello, resulta obligatorio cumplimentar el formulario de adhesión, que estará disponible a través de la página web del programa volveremos, así como a través de la web del Consejo Aragonés de Cámaras de Comercio.

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir

Resolución

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

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Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO, FERIAS Y ARTESANÍA

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Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

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Durante de la tramitación

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