El sábado 20 de abril, entre las 08:00 y las 14:00 horas, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública efectuará actuaciones de mantenimiento en sus sistemas informáticos que pueden afectar al funcionamiento de las aplicaciones de administración electrónica. Disculpen las molestias.

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Trámites relativos a producción de residuos que generen más de 1000 T/ año de residuos no peligrosos - Modificación de la inscripción

N°1068

A través de este trámite, las personas productoras de residuos no peligrosos, cuando así lo exija la normativa, podrán cumplir con la obligación legal de comunicar la ampliación, modificación o traspaso de industrias o actividades de producción de residuos no peligrosos superiores a 1000 toneladas/año.

Con esta comunicación, el órgano ambiental competente de la Administración realizará de oficio la modificación de datos en el Registro correspondiente.

Subtipología 70B del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

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Dirigido a

  • Productores de residuos no peligrosos que hayan modificado las condiciones de las instalaciones o la propiedad de las mismas y deban realizar la comunicación prevista en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Requisitos

  • Estar inscrito en el registro de productores de residuos no peligrosos.
  • Seguir generando más de 1000 t/año de residuos no peligrosos.
  • Haber cambiado la titularidad y datos de la empresa (en su caso).
  • Haber realizado modificaciones sustanciales en los procesos, producciones de residuos, etc (en su caso).
  • La comunicación previa, que tendrá validez en todo el territorio nacional, deberá presentarse ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental con una antelación mínima de un mes antes del inicio de las actividades de las que se es objeto y permitirá, con carácter general, el inicio de la actividad una vez transcurrido el citado plazo desde su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuidas el Departamento competente en materia de medio ambiente (art.5 punto 2. del Decreto 133/2013)
  • Nota aclaratoria sobre el procedimiento de "Comunicación previa de modificación de actividades que generen más de 1000 T/año de residuos no peligrosos":
    • En caso de que el INAGA considere necesario limitar una actuación determinada, se hará mediante resolución expresa en el plazo de 1 mes, y se abrirá un expediente del mismo procedimiento con sentido negativo.

Pago de tasas

En la página web de la Subtipología INAGA 70B se indica el importe de la tasa.

Medio de pago: Tarjeta de crédito / Cargo en cuenta / Ventanilla

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Documentación

Presentar en todos los casos:

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Le informamos que los datos de carácter personal que se recaben en las solicitudes que se dirigen al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) quedarán incorporados a las correspondientes actividades de tratamiento de la que es titular el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

Puede encontrar información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA a través de su página web.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

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OTRO

Si requiere asistencia para la presentación de documentación dirigida a INAGA a través del Registro Telemático, el Instituto presta atención presencial. (Servicio dirigido únicamente a personas físicas)

Proceso de tramitación y acciones disponibles

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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