Cese de actividad

Trámite 1069

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Detalles del trámite

A través de este trámite, las personas productoras de residuos no peligrosos, cuando así lo exija la normativa, podrán cumplir con la obligación legal de comunicar el cese de la producción de residuos no peligrosos superiores a 1000 toneladas/año.

Con esta comunicación, el órgano ambiental competente de la Administración realizará de oficio la baja de la inscripción en el Registro correspondiente.

Subtipología 70C del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)


Dirigido a

  • Productores de residuos no peligrosos que hayan cesado en su actividad y deban realizar la comunicación prevista en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Requisitos

  • Estar inscrito en el registro de productores de residuos no peligrosos y cesar en la actividad.
  • Nota aclaratoria sobre el procedimiento de "Comunicación previa de cese de actividades que generen más de 1000 T/año de residuos no peligrosos":
    • En caso de que el INAGA considere necesario limitar una actuación determinada, se hará mediante resolución expresa en el plazo de 1 mes, y se abrirá un expediente del mismo procedimiento con sentido negativo.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

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Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

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