El icono + / - abre y cierra items
- Temas
- Administración pública
- Agricultura, ganadería y medio rural
- Ciencia y tecnología
- Comercio y consumo
- Cultura, turismo, deportes y ocio
- Educación y formación
- Empleo, empresa y otras entidades
- Impuestos y tasas
- Industria, energía y minería
- Medio ambiente
- Salud
- Seguridad y justicia
- Servicios sociales
- Transporte, territorio e infraestructuras
- Vivienda y urbanismo
- Transparencia
- Gobierno
Consulta tus datos, notificaciones y trámites en un único espacio.
Acceder a MiAConvocatoria 2020 Subvenciones de préstamos a cooperativas agroalimentarias
Trámite Nº2413
Fuera de plazo - Del 09/11/2020 al 27/11/2020
El plazo de presentación terminó el 27 noviembre 2020
-
Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
TrámiteNº2413
Fuera de plazo - Del 09/11/2020 al 27/11/2020
El plazo de presentación terminó el 27 noviembre 2020
-
Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a las operaciones de préstamo formalizadas por las cooperativas agroalimentarias de Aragón afectadas por las circunstancias actuales generadas, y su convocatoria para el año 2020.
Requisitos
- Requisitos de las Cooperativas:
- • Que haya sido aprobado por el órgano de gobierno correspondiente y así conste en la correspondiente acta, de la adopción de un compromiso por parte de la cooperativa de destinar el importe íntegro del préstamo a su consolidación patrimonial.
- • La existencia de una participación en el capital social de cooperativas o en empresas participadas que hayan solicitado y/o declarado concurso de acreedores a partir del 14 de marzo de 2020, fecha de aprobación del estado de alarma, que sumadas a los saldos comerciales vencidos y no cobrados originado por clientes o empresas participadas que hayan solicitado y/o declarado concurso de acreedores a partir del 14 de marzo de 2020, superen un importe mínimo de 50.000 €
- • Que el importe determinado en el apartado anterior suponga una grave afección patrimonial, determinada en una reducción de al menos un 20% de su Patrimonio Neto.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 09/11/2020 a las 00:00 h
Fin: 27/11/2020 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Resolución
6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Certificado de avales
Certificado de las entidades de caución con las que se va a formalizar los avales que recogerá importe del aval, tipo de comisión aplicada y su cuantía y período de duración.
-
3. Ficha de terceros
-
5. Formulario de solicitud
-
6. Acreditación personalidad jurídica del representante
-
7. Copia de los estatutos y relación de socios
-
8. Acuerdo de solicitud de subvención
-
9. Declaración ayudas minimis
Declaración referente a todas las demás ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso que estén sujetas al presente Reglamento o a otros reglamentos de minimis.
-
10. Certificado del Auditor de cuentas colegiado indicando:
- la existencia y su cuantificación de las participaciones en el capital social en cooperativas o empresas participadas que hayan solicitado y/o declarado concurso de acreedores a partir del 14 de marzo de 2020.
- la existencia y su cuantificación de los saldos comerciales vencidos y no cobrados originado por clientes o empresas participadas que hayan solicitado y/o declarado concurso de acreedores a partir del 14 de marzo de 2020.
- la existencia y su cuantificación del % de afección patrimonial, determinado por el cociente entre la suma de la participación en el capital social y de los saldos comerciales vencidos y no cobrados indicados anteriormente en relación al patrimonio neto.
- la existencia para la presente campaña de un acuerdo de colaboración con otras cooperativas o grupos cooperativos aragoneses para la venta de productos agropecuarios que factura la cooperativa y su porcentaje sobre el total de su volumen de ventas de productos agropecuarios.
-
11. Certificado de suscripción de préstamo
Recogerá el importe, tipo y cuantía de los intereses y su período de duración.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN ALIMENTARIA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Actividades subvencionables
- La comisión de estudio, así como el coste de los avales y los intereses generados por los préstamos formalizados por las cooperativas agroalimentarias de la Comunidad Autónoma de Aragón durante un máximo de 5 años.
- Quedan excluidos los préstamos de duración inferior a 5 años, incluidos los años de carencia.
Gastos subvencionables
-Con el límite máximo del coste efectivo realizado:
+ El coste de los avales objeto de subvención que estará limitado para la comisión de estudio, en hasta el 0,50% del importe avalado por una sola vez a la formalización del préstamo y para la comisión de gestión, en hasta el 1,20 % anual sobre el saldo vivo del préstamo avalado.
+ El coste de los intereses objeto de subvención que estará limitado a 2,75% del tipo de interés generado por los préstamos formalizados.
En caso de imposibilidad material de tramitación electrónica de las solicitudes a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón, éstas se podrán presentar conforme al artículo 16.4. a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en los restantes registros electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local y el sector público institucional.
Responsable: Servicio de Ayudas a la Organización de Mercados de la Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Durante de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976714630 - 976714640
Correo electrónico. agricultura@aragon.es ">agricultura@aragon.es
Presencial. Oficinas Comarcales Agroambientales
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h
- atencionalaciudadania@aragon.es
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
Más información
Sobre ayuda a la tramitación electrónica¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.