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Trámite Nº11855
Plazo pendiente de definir
Aún no es posible presentar el trámite
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
TrámiteNº11855
Plazo pendiente de definir
Aún no es posible presentar el trámite
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones para el transporte regular permanente de viajeros/as por carretera de uso general con explotación deficitaria.
Están dirigidas a empresas prestadoras de servicios públicos de transporte regular de viajeros/as por carretera, de uso general y permanente, de titularidad del Gobierno de Aragón.
Para optar a estas ayudas, el itinerario discurrirá predominantemente por territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Una vez se analice la contabilidad individualizada de cada uno de los itinerarios, la cuenta de explotación debe presentar saldo negativo como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones de servicio público, impuestas en el contrato de gestión del mismo.
Dirigido a
- Empresas prestadoras de los servicios públicos de transporte regular de viajeros/as por carretera, de uso general y permanente de titularidad del Gobierno de Aragón, cuando analizada la contabilidad individualizada de cada uno de ellos, su cuenta de explotación presente saldo negativo, como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones de servicio público impuestas en el contrato de gestión de servicio público
Requisitos
- Empresas prestadores del servicio público de transporte regular de viajeros/as por carretera y cuya explotación sea económicamente deficitaria que reúnan los requisitos de artículos 3,16 y 17 de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la prestación de servicios públicos de transporte regular de viajeros/as por carretera con explotación económicamente deficitaria.
- No podrán obtener la condición de beneficiarios/as las personas jurídicas que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social.
- Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Los solicitantes, distintos de entidades de derecho público, deberán cumplir las medidas de lucha contra la morosidad señaladas en el apartado 3.bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de General de subvenciones
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo pendiente de definir
La solicitud se presentará, junto con la documentación debidamente cumplimentada, en el plazo de diez días hábiles contados desde el siguiente día hábil al de su publicación en el BOA.
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Certificado de los ingresos obtenidos
Certificado de los ingresos obtenidos durante el periodo elegible, diferenciando los ingresos percibidos por la explotación de las expediciones incluidas dentro del mínimo concesional y, por otro lado, los ingresos percibidos por el resto de expediciones suplementarias prestadas. En todo caso, del conjunto de ingresos total, en cada caso, se deberán diferenciar los ingresos tarifarios de los ingresos percibidos en concepto de reservas de plaza para escolares, así como los ingresos percibidos por otras actividades suplementarias realizadas y, en su caso, las subvenciones públicas otorgadas como titular de concesión. Igualmente se deberá incluir el número total de viajeros y de viajeros·Km, diferenciando igualmente entre los servicios incluidos en el mínimo concesional del resto de expediciones suplementarias adicionales.
-
2. Certificado de los kilómetros de servicio prestados
Certificado de los kilómetros de servicio prestados correspondientes al periodo elegible que determine la convocatoria, por la explotación de las expediciones incluidas dentro del mínimo concesional y, por otro lado, los kilómetros de servicio del resto de expediciones suplementarias prestadas. Se considerarán como kilómetros de servicio los kilómetros recorridos durante la explotación efectiva de los servicios prestados, sin incluir los kilómetros en vacío que pudieran haberse efectuado por el concesionario.
-
3. Certificado del número máximo de vehículos adscritos a la empresa
Certificado del número máximo de vehículos adscritos a la empresa concesionaria durante el periodo elegible que determine la convocatoria, a fin de determinar, por parte de la Adminis-tración, el tamaño de la empresa de acuerdo con el indicador que la propia convocatoria esta-blezca para determinar esta variable
-
4. Declaración responsable sobre otras ayudas o ingresos
Declaración responsable del solicitante en la que se especifique si se ha solicitado o recibido alguna otra ayuda o ingreso para el mismo servicio y, en su caso, si se ha concedido o no, precisando la cuantía y procedencia
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Consulta de Datos de Identidad
Datos de identidad de la persona interesada y, en su caso, de su representante.
Validación de NIF de un contribuyente
Datos de identificación de persona jurídica.
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Datos de estar al corriente de pago de las obligaciones con las Comunidades Autónomas.
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Datos de estar al corriente de pago de la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Las solicitudes se presentan obligatoriamente por medios telemáticos conforme al modelo específico generado por el Tramitador on-line.
La existencia de déficit en las cuentas de explotación de un contrato de gestión de servicio público no determinará el derecho del prestador al otorgamiento de las ayudas contempladas en esta orden, ya que rige el principio de explotación a riesgo y ventura del concesionario, ni en consecuencia el derecho a ser subvencionado por la totalidad del déficit originado durante ese ejercicio.
Los documentos que ya fueron aportados ante la Administración actuante y sobre los que no se han producido modificaciones, no será preceptivo presentarlos de nuevo, siempre que se haga constar en la solicitud la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados y no hayan transcurrido más de cuatro años desde que fueron presentados.
Una vez recibida la resolución provisional, las personas físicas y jurídicas, distintas de las entidades de derecho público, cuya ayuda concedida supere los 30.000 euros deberán aportar la documentación indicada en el artículo 13 de la Orden de convocatoria.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. De 9 a 14 horas. 976 714 553
Correo electrónico. dgtransportes@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h
- atencionalaciudadania@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00 h.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Orden FOM/XXXX/2026, de 1 de enero, por la que se convocan subvenciones por la prestación de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera con explotación económicamente deficitaria en el periodo comprendido entre febrero a octubre del 2024.
Normativa general
-
Orden VMV/839/2021, de 5 de julio, por la que se modifica la Orden VMV/705/2016, de 24 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la prestación de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera con explotación económicamente deficitaria
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Orden VMV/308/2020, de 6 de abril, por la que se modifica la Orden VMV/705/2016, de 24 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la prestación de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera con explotación económicamente deficitaria
-
Orden VMV/705/2016, de 24 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la prestación de servicios de transporte regular de viajeros por carretera con explotación económicamente deficitaria
-
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
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