Convocatoria 2025
Fuera de plazo - Del 19/08/2025 al 08/09/2025
El plazo de presentación terminó el 08 septiembre 2025
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
Fuera de plazo - Del 19/08/2025 al 08/09/2025
El plazo de presentación terminó el 08 septiembre 2025
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
Requisitos
- No estar incursas en alguna de las causas de prohibición reguladas.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, así como frente a la Seguridad Social.
- Estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón.
- Haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado planes económicos, en su caso.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 19/08/2025 a las 00:00 h
Fin: 08/09/2025 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
Proyecto del servicio a ofrecer. Deberá ajustarse a los apartados del modelo, en el mismo orden, con el mismo nombre y estar firmado electrónicamente.
-
2. Memoria descriptiva
Memoria descriptiva de los espacios destinados a Casa de la Infancia, incluyendo sus accesos y datos del edificio en el que se ubique. Deberá estar firmado electrónicamente.
-
3. Plan de evacuación
Plan de evacuación del centro, consistente en las medidas a adoptar por el personal en caso de emergencia, y el listado de teléfonos de los principales servicios.
-
4. Certificado
Certificado emitido por la persona técnica competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente donde se acredite el cumplimiento de todos los requisitos materiales solicitados, incluso el cumplimiento de las condiciones reglamentarias de las instalaciones, y la definición gráfica de los espacios destinados a Casa de Infancia, mediante planos de situación y emplazamiento; espacios acotados; planta donde se ubica la Casa de Infancia y el recorrido hasta el exterior y fotografías que muestren los espacios en su totalidad.
-
5. Acreditación de la titularidad
Acreditación de la titularidad jurídica del inmueble o contrato de arrendamiento
-
6. Certificado de la persona que ejerce la Secretaría
Certificado emitido por la persona que ejerza la Secretaría o por la persona interventora del Ayuntamiento, firmado electrónicamente.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
Certificado expedido por el Secretario/a o Interventor/a del municipio, firmado electrónicamente, con el visto bueno de quien ejerza la presidencia de la entidad o Alcaldía que incluya y acredite lo previsto en el punto Decimotercero.3 a) de la convocatoria.
-
Relación de gastos y pagos realizados e imputados a la subvención según lo dispuesto en el punto Decimotercero.4 de la convocatoria.
-
Gastos de personal directamente relacionados con el objeto subvencionable y en proporción al tiempo de dedicación al proyecto subvencionado según lo dispuesto en el punto Decimotercero.5 de la convocatoria.
-
Cuadro resumen: cuotas sociales e IRPF, según lo dispuesto en el punto Decimotercero.6 de la convocatoria.
-
Gastos ocasionados por colaboración técnica, esporádica y puntual, según lo dispuesto en el punto Decimotercero.7 de la convocatoria.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIA, INFANCIA Y NATALIDAD
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Servicio de Infancia, Adolescencia y Natalidad 976 715 699
Teléfono. Servicio de Infancia, Adolescencia y Natalidad 976 715 629
Correo electrónico. serviciodeinfancia@aragon.es
Teléfono. Servicio de Infancia, Adolescencia y Natalidad 976 715 699
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
-
Ley 9/2014, de 23 de octubre, de Apoyo a las Familias de Aragón
-
Orden CDS/1427/2021, de 21 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades que integran la Administración Local en Aragón
-
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
Más información
¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.