El sábado 20 de abril, entre las 08:00 y las 14:00 horas, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública efectuará actuaciones de mantenimiento en sus sistemas informáticos que pueden afectar al funcionamiento de las aplicaciones de administración electrónica. Disculpen las molestias.

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Subvenciones en materia de mediación intrajudicial y extrajudicial - Convocatoria 2023

N°9478

A través de este trámite, se podrá presentar una solicitud para optar a subvenciones para financiar proyectos de mediación judicial y extrajudicial en Aragón.

Los proyectos de mediación intrajudicial podrán corresponder a todos los ámbitos jurisdiccionales, mientras que los de mediación extrajudicial podrán pertenecer a los ámbitos civil y mercantil.

Plazo de presentación

Del 23/02/2023 al 16/03/2023

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • a) Las asociaciones, fundaciones y otras entidades e instituciones sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que estén legalmente constituidas conforme a su normativa reguladora, inscritas en el Registro autonómico correspondiente al menos dos años antes de la fecha de solicitud de la ayuda y tengan entre sus fines estatutarios o fundacionales la realización de acciones relacionadas con la mediación en general.
  • b) Los Colegios profesionales con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón, constituidos conforme a su normativa reguladora, inscritos en el Registro autonómico, que tengan entre sus fines el impulso de la mediación, facilitando el acceso y administración de la misma.

Requisitos

  • Requisitos generales
    • Llevar a cabo alguna de las líneas y programas de actuación previstos en las bases reguladoras de la subvención.
    • Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Hacienda del Estado, la Administración de la Comunidad Autónoma y con la Seguridad social.
    • No tener deuda alguna pendiente de pago con la Comunidad Autónoma ni ser deudor por resolución de procedimiento de reintegro de las causas recogidas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    • No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Requisitos en el caso de asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro
    • Tener la Comunidad Autónoma de Aragón como ámbito de actuación.
    • Estar legalmente constituidas conforme a su normativa reguladora.
    • Figurar inscritas en el Registro autonómico correspondiente al menos dos años antes de la fecha de solicitud de la ayuda.
    • Tener entre sus fines estatutarios o fundacionales la realización de acciones relacionadas con la mediación en general.
  • Requisitos en el caso de Colegios profesionales
    • Tener como ámbito de actuación la Comunidad Autónoma de Aragón.
    • Estar constituidos conforme a su normativa reguladora.
    • Estar inscritos en el Registro autonómico.
    • Tener entre sus fines el impulso de la mediación facilitando el acceso y administración de la misma.
  • Universidades de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Acreditación de la representación

    Documentación que acredite, en su caso, la representación, acreditada conforme a lo dispuesto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo vigente.

  • Otros documentos

    Cualquier otro que sea requerido en orden a acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa aplicable.

  • Memoria. Anexo I

    Descargar modelo Memoria. Anexo I
  • Presupuesto. Anexo II

    Descargar modelo Presupuesto. Anexo II

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias (AEAT)

  • Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social (TGSS)

  • Estar al corriente de las obligaciones con la Comunidad Autónoma de Aragón

  • Consulta de Datos de Identidad

    Acreditación de la identidad de la persona interesada y/o representante

Información adicional

Las bases reguladoras prevén los siguientes procedimientos de concesión de estas subvenciones:

- un procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva.

- un procedimiento de concesión directa para las subvenciones que se determinan.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 23/02/2023 al 16/03/2023

Fuera de plazo

El 6 de marzo se considera inhábil, por traslado de la festividad de la cincomarzada en Zaragoza, sede del órgano administrativo (DG Justicia) asignado en la convocatoria como receptor de las solicitudes, de acuerdo con lo previsto en el apartado segundo del Decreto 79/2022, de 1 de junio, del Gobierno de Aragón y en la Resolución de 26 de octubre de Subdirección Provincial de Trabajo de Zaragoza, en relación con lo dispuesto en el artículo 30.6 y 7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

En el caso de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, el plazo máximo es de seis meses, contado a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial d...

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