Convocatoria 2019
Fuera de plazo - Del 04/09/2019 al 22/10/2019
El plazo de presentación terminó el 22 octubre 2019
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
Fuera de plazo - Del 04/09/2019 al 22/10/2019
El plazo de presentación terminó el 22 octubre 2019
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones destinadas a inversiones en materia de creación de regadíos.
Estas ayudas están dirigidas a comunidades de regantes y personas usuarias, siempre que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.
Otras acciones
Requisitos
- Requisitos de los solicitantes:
- Las Comunidades de Regantes y usuarios deben estar constituidas al amparo de la Ley de Aguas, cuyo texto refundido fue aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, o en constitución.
- Requisitos de las actuaciones:
- Las actuaciones subvencionables afecten al menos a diez de sus usuarios sean personas físicas o jurídicas.
- Estar ubicadas en las zonas determinadas en el Artículo 1.3 y 2 del Decreto 79/2017.
- Se excluyen las inversiones de amueblamiento interno de las parcelas de cada explotación.
- No se subvencionaran actividades ya iniciadas antes de la fecha de presentación de la solicitud de subvención, salvo los anteproyectos y estudios de viabilidad correspondientes a expedientes aprobados.
- Actuaciones relacionadas con:
- Intervención ambiental e hidrológica.
- Sistema de medición del uso del agua.
- Tarificación por consumos.
- Compromiso de asesoramiento técnico para la puesta en marcha de las instalaciones de riego.
- Indicadores de impacto sobre las áreas focales.
Pago de tasas
Tasa 51: Tasa por tramitación de procedimientos de expropiación forzosa, ocupación temporal y servidumbres de paso en materia de creación de regadíos.
Accede aquí para proceder al pago de la tasaPlazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 04/09/2019 a las 00:00 h
Fin: 22/10/2019 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Resolución
6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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2. Formulario principal
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
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1. Solicitud de expropiación
Cuando el beneficiario prevea la necesidad de llevar a cabo procedimientos de expropiación forzosa deberá incluirlo en su solicitud.
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2. Documento firmado entre beneficiario y una o varias entidades de financiación
Que, en el supuesto de ser concedida la subvención correspondiente, asegure la disponibilidad del 100 % de la financiación por parte del beneficiario, supeditado al estudio de riesgos por parte de las entidades.
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3. Calendario de actuaciones
Y fechas previstas de justificación del gasto.
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4. Titularidad de la concesión de agua
Documento donde conste la titularidad de la concesión de agua para riego de la entidad solicitante o, en su caso, documento acreditativo de la comunidad general al derecho del aprovechamiento del agua para riego. Salvo comunidades de regantes en constitución, que deberán presentarlo de acuerdo y en el plazo previsto en el punto 1 del apartado quinto.
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5. Certificado de disponibilidad de terrenos
Sobre los que ha de realizarse la obra o instalación y permisos administrativos que se requieran.
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6. Anteproyecto de la actuación propuesta
Cuyo contenido mínimo se ajustará a lo establecido en el Anexo VIII de la Orden.
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7. Documento acreditativo de la personalidad de la entidad solicitante
Acompañado de copia de las ordenanzas, salvo que éstas obren en poder del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad.
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8. Acuerdo de solicitud de la subvención
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9. Certificado de conformidad
Si la actuación supera los 500.000 euros (IVA excluido), certificado que acredite tanto la conformidad por parte de la Asamblea General como la delegación de la potestad de aprobación del proyecto en la Junta de Gobierno.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
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1. Ficha de terceros
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2. Formulario de solicitud de pago
Acompañado de la documentación justificativa. Anexo II.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO RURAL
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Se tramita en el Servicio de Infraestructuras Rurales de la Dirección General de Desarrollo Rural.
Para llevar a cabo la solicitud de expropiación, se hace necesaria su solicitud telemática conforme al tramite correspondiente (número 1137)"
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 714 647
Correo electrónico. agricultura@aragon.es
Presencial. Oficinas Comarcales Agroambientales
Presencial. Horario de oficina de 9:00 a 14:00
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Decreto 79/2017, de 23 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un régimen de subvenciones para determinadas inversiones en materia de creación de regadíos
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Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
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Ley 6/2004, de 9 de diciembre, por la que se establecen medidas en materia de expropiación forzosa para actuaciones de mejora y creación de regadíos
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Ley 14/1992, de 28 de diciembre, de patrimonio agrario de la Comunidad Autónoma de Aragón y de medidas específicas de reforma y desarrollo agrario
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Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.