Subvenciones para el funcionamiento de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo
N°235
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones para el funcionamiento de unidades de apoyo en los centros especiales de empleo.
Estas ayudas financiarán los costes laborales y de la Seguridad Social, derivados de la contratación indefinida de personal para sus unidades de apoyo.
Dirigido a
- Los Centros Especiales de Empleo que cuenten con Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional
Requisitos
- Contar en su plantilla con trabajadores con discapacidad de los centros especiales de empleo con especiales dificultades de inserción laboral.
- Disponer de unidades de apoyo a la actividad profesional compuestas por personal técnico y por encargados de apoyo a la producción.
- Disponer de centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Información a los trabajadores
Descargar modelo Información a los trabajadoresCurriculun vitae y titulación
Si fuese técnico de los nuevos integrantes de la Unidad de apoyo.
Plan de actividades a desarrollar por la Unidad de Apoyo
Declaración responsable sobre contabilidad separada
Declaración responsable de que la entidad beneficiaria lleva contabilidad separa de los gastos subvencionados y la subvención concedida.
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Solicitud de pago trimestral:
Nóminas, TC1 y TC2 y modelo 111 AEAT con sus justificantes de pago
Memoria descriptiva de actividades
Descripción de las actividades realizadas y de la composición de la unidad de apoyo con sus posibles variaciones de componentes.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesVerificación de Datos de Identidad
Validación de NIF de un contribuyente
Obligaciones tributarias Ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
El solicitante puede oponerse a que la administración consulte esta información. En tal caso deberá aportar los documentos correspondientes que acrediten esa información en el momento de hacer la solicitud.
Información adicional
La justificación y pago de la subvención se puede solicitar por trimestres o por anualidad una vez se haya publicado la resolución.
El plazo para la solicitud de los trimestres vencidos a fecha de resolución, será de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión.
El plazo para la solicitud de los trimestres que no hayan vencido a fecha de la publicación de la resolución, será de dos meses siguientes a contar desde el vencimiento de cada uno de dichos trimestres, salvo para el trimestre comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, en el que el plazo para solicitar el pago correspondiente a dicho trimestre finalizará el 15 de noviembre del año en curso.
El plazo para realizar la justificación y liquidación anual de la subvención finalizará el 15 de noviembre del año en curso.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. De lunes a viernes de 9:00 a 19:00 901 501 000
- Correo electrónico. cee.inaem@aragon.es
- Página web. https://inaem.aragon.es/
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a jueves de 7:30 a 18:30 y los viernes de 7:30 a 16:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE EMPLEO
Normativa
- Orden EIE/259/2016, de 14 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el funcionamiento de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en los Centros Especiales de Empleo
- Orden EPE/1336/2020, de 17 de diciembre, por la que se modifica la Orden EIE/259/2016, de 14 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el funcionamiento de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en los Centros Especiales de Empleo.
- Corrección de errores de 1 de febrero de 2021 de la Orden EPE/1336/2020, de 17 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el funcionamiento de las Unidades de Apoyo a la Actividad profesional en los Centros Especiales de Empleo.
- Orden EPE/199/2022, de 23 de febrero, por la que se convocan para el año 2022 las subvenciones previstas en la Orden EIE/259/2016, de 14 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el funcionamiento de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en los Centros Especiales de Empleo.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
08/03/2022 al 07/04/2022
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera denegado.
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