Subvenciones para entidades cuyo objeto sea la atención a victimas del terrorismo
Plazo pendiente de definir
Aún no es posible presentar el trámite
-
Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Plazo pendiente de definir
Aún no es posible presentar el trámite
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Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones en materia de atención a las víctimas y afectados por actos terroristas.
Estas ayudas están dirigidas a asociaciones, fundaciones, entidades e instituciones sin ánimo de lucro, que tienen por objetos principales la representación y defensa de las víctimas de terrorismo.
Dirigido a
- Asociaciones, fundaciones, entidades e instituciones sin ánimo de lucro.
Requisitos
- Que los solicitantes sean asociaciones, fundaciones, entidades o instituciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones o Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón, o en su caso en el Registro de la Administración General del Estado.
- Que recojan en sus estatutos, como objeto principal, la representación y defensa de los intereses de las víctimas y afectados incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2008, de 17 de junio.
- Que la subvención se destine al cumplimiento de los fines indicados en el artículo 21.2 de la Ley 4/2008, de 17 de junio.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo pendiente de definir
Puedes realizar este trámite de manera:
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Resolución
6 meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Instancia de solicitud
Según modelo publicado.
-
2. Documentación justificativa
De los motivos de la solicitud.
-
3. Representación
Documentación que acredite la representación.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Acreditación de la identidad de la persona interesada y/o representante
Consulta de la identificación fiscal de la entidad.
Registro de Asociaciones
Justificante de estar inscrita la entidad en el Registro correspondiente y copia de sus estatutos.
Documento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias
Justificante de estar al corriente de pagos de la entidad en la AEAT.
Acreditación de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma Aragón
Justificante de estar el corriente de pagos de la entidad en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Documento acreditativo de estar al corriente de pago con la Seguridad Social
Justificante de estar al corriente de pagos con la TGSS.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
SECRETARIA GENERAL TECNICA DEL DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, ECONOMIA Y JUSTICIA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Las subvenciones se solicitarán en el plazo de 15 días hábiles desde la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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6 meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
-
Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las Víctimas del Terrorismo
-
Decreto 89/2014, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las víctimas del terrorismo
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
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