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Subvenciones en materia de prevención, preparación para la reutilización y reciclado de residuos para una economía circular - Línea 2. Puntos limpios

N°9764

Ayudas destinadas a financiar infraestructuras, instalaciones y actuaciones de mejora de la gestión y el tratamiento de los residuos domésticos y comerciales, realizadas por entidades locales aragonesas, consorcios de gestión de residuos urbanos en Aragón, o entidades públicas equivalentes establecidas en la planificación autonómica en materia de residuos (Plan GIRA) (apartado Decimoprimero de la convocatoria)

Se financian las actuaciones en relación con la gestión de residuos domésticos y comerciales, conforme a las condiciones generales del apartado segundo y específicas del Anexo I, Línea 2 de la Convocatoria (Construcción o mejora de instalaciones de puntos limpios)

Ayudas incluidas dentro del Programa FEDER 2021-2027

Plazo de presentación

Del 10/08/2023 al 15/09/2023

Fuera de plazo

Consultar trámite

Requisitos

  • No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las entidades que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, o incumplan las obligaciones de rendición de cuentas ante la Cámara de Cuentas de Aragón, de racionalización del gasto o, cuando proceda, de haber presentado planes económico financieros
  • Así mismo, no podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las entidades que hayan sido objeto de sanciones administrativas firmes o condenas por sentencia judicial firme por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género, de derechos de las personas LGTBI, de memoria democrática, de derechos y garantías de las personas con discapacidad, así como por la legislación de igualdad de trato y no discriminación; que hayan sido sancionadas en materia laboral o no cumplan con todos los requisitos exigidos en la legislación ambiental vigente
  • La acreditación de las circunstancias exigidas para obtener la condición de entidad beneficiaria se realizará en el momento de la solicitud mediante la presentación de declaración responsable
  • No se financiarán las actuaciones que no sean compatibles con los objetivos previstos en la planificación autonómica sobre gestión de residuos

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Formulario de solicitud

  • Memoria descriptiva de la actuación

    Documento donde se incluya la descripción detallada de la actuación solicitada, utilizando el modelo disponible para su descarga. El Anexo III, Línea 2, apartado A, incluye los contenidos mínimos que deberán incluirse en la memoria que acompaña a la solicitud de subvención

    Descargar modelo Memoria descriptiva de la actuación
  • Estudio económico

    Estudio económico de financiación y viabilidad económica de la gestión y mantenimiento del punto limpio. Anexo III, Línea 2, apartado B.1

  • Documento de conformidad

    Conformidad con la actuación solicitada de la entidad municipal o supramunicipal que preste el servicio de recogida de la fracción resto de residuos domésticos en el ámbito de la actuación, en caso de ser distinta de la entidad solicitante. Anexo III, Línea 2, apartado B.2

  • Aceptación y compromiso previo

    Documentación en la que se pueda comprobar que la actuación, proyectada de acuerdo con la planificación autonómica en materia de residuos, contaba con la aceptación y compromiso de ejecución de la entidad solicitante con anterioridad a la publicación de esta convocatoria

    Anexo III, Línea 2 - apartado C, Criterio de valoración a)

  • Documentación acreditativa cumplimiento obligación artículo 11.3 Ley Residuos

    Documentación en la que se pueda comprobar que el solicitante ha cumplido, anticipadamente, la obligación establecida en el artículo 11.3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, en el momento de la publicación de la convocatoria, incluyendo los cálculos demostrativos que permitan comprobar que está incluido en la tasa el coste real directo o indirecto de todas las operaciones de gestión de residuos

    Anexo III, Línea 2 - apartado C, Criterio de valoración b)

  • Documentación en poder de la Administración

    Relación de documentos ya presentados a la Administración y sobre los que no se han producido modificaciones, siempre que no hayan transcurrido más de cuatro años desde que fueron presentados

    Descargar modelo Documentación en poder de la Administración
  • Documento acreditativo de la representación

    En caso de que la persona firmante de la solicitud sea una persona física que representa a la entidad solicitante, este documento es la prueba que le habilita en aquella representación

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

    Copia del documento que acredite estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias de la persona interesada (Agencia Estatal de Administración Tributaria), en caso de que se haya opuesto a que la Administración realice esta consulta

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

    Copia del documento que acredite estar al corriente de pago de la Seguridad Social (Tesorería General de la Seguridad Social), en caso de que se haya opuesto a que la Administración realice esta consulta

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

    Copia del documento que acredite estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de Aragón, en caso de que se haya opuesto a que la Administración realice esta consulta

Información adicional

Se consideran gastos subvencionables los establecidos en el apartado tercero de la convocatoria

Las actuaciones objeto de financiación podrán haberse iniciado desde el 1 de enero de 2023 y el plazo para su ejecución finalizará el 1 de septiembre de 2025 (apartado vigésimo de la convocatoria)

El apartado vigesimoprimero, puntos cuatro y cinco, establece el plazo de justificación de la ayuda

El régimen de concesión se establece en el apartado quinto de la convocatoria, ajustándose al procedimiento de concurrencia competitiva

El presupuesto total de la convocatoria corresponde con lo indicado en el apartado sexto (Financiación) de la convocatoria, para la cuantía global, definiéndose en el Anexo I los conceptos y cuantías máximas financiables por cada sublínea de actuación, y en el apartado séptimo la cuantía máxima individualizada por persona beneficiaria

El apartado vigesimosegundo (Pago de la Subvención) define la posibilidad y forma de solicitud de anticipos sobre el importe de la subvención.

Se tramita en el Servicio de Planificación Ambiental (Dirección General de Cambio Climático y Educación Ambiental)

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Anuncios durante la tramitación

Antes de la terminación del trámite, se dan diferentes fases en las que se pueden generar documentos de carácter público que es posible que necesites consultar. Todos estos documentos se irán publicando a continuación.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 10/08/2023 al 15/09/2023

Fuera de plazo

El plazo de presentación de solicitudes es el establecido en el apartado décimo de la convocatoria, desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Aragón, hasta el 15 de septiembre de 2023.

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, el órgano concedente, resolverá las solicitudes de subvención en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación ...

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