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Subvenciones a empresas del sector cultural aragonés afectadas por la crisis de la Covid-19

N°2453

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a ayudas para paliar los efectos de la COVID-19.

Estas ayudas están dirigidas a empresas del sector cultural aragonés que se hayan visto afectadas por la crisis provocada por la pandemia.

Plazo de presentación

Del 03/11/2020 al 16/11/2020

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Empresas, físicas o jurídicas, con domicilio en Aragón cuya actividad empresarial esté relacionada con los sectores culturales vinculados con los audiovisuales, artes escénicas, música, artes visuales, galerías de arte, salas de exhibición, sector del libro, empresas de managemente y contratación de artistas.
  • Estar inscritas en algunos de los epígrafes del IAE a fecha de 13 de marzo de 2020 y que se encuentren en activo a fecha de solicitud.

Requisitos

  • Empresas, personas físicas o jurídicas, con domicilio en Aragón
  • Que realicen la actividad en los sectores culturales vinculados con los audiovisuales, artes escénicas, música, artes visuales, galerías de arte, salas de exhibición, sector del libro, empresas de management y contratación artistas a fecha 13 de marzo de 2020 y se encuentrenen activo a fecha de la solicitud
  • Estar inscritas en los epígrafres relacionados:
    • 476.1 Edición de libros
    • 615.6 Galerías de arte
    • 659.4 Comercio menor de libros, periódicos, revistas
    • 851 Representantes técnicos de espectáculos
    • 853 Agentes de colocación de artistas
    • 861 Pintores, escultores, ceramistas, artesanos, grabadores y artistas similares
    • 961.1 Producción de películas cinematográficas (incluso vídeos)
    • 965.1 Espectáculos en salas y locales
    • 965.2 y 965.3 Espectáculos al aire libre y fuera de establecimiento permanente
    • 965.4 Empresas espectáculos
    • 969.1 Salas de baile y discotecas
    • 983 Agencias de colocación de artistas
    • Sección 3. Actividades artísticas: Agrupación 01 ( Actividades relacionadas con el cine, el teatro y el circo), Agrupación 02 (Actividades relacionadas con el baile) y Agrupación 03 (Actividades relacionadas con la música)

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Solicitud

    Anexo I.

  • Certificado censo actividades

    Certificado actualizado de la Agencia Estatal Tributaria de la situación en el censo de Actividades Económicas en el que conste el epígrafe en el IAE y/o CNAE. Deberá ser expedido a partir la fecha de la publicación de la Orden.

  • Documento acreditativo de la representación de la persona jurídica

    Salvo que se presente la solicitud con certificado digital de representante de persona jurídica.

  • Declaración responsable beneficiario

    De no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario indicando en la Ley General de Subvenciones. Incluida en Anexo I.

  • Declaración responsable minimis

    De las ayudas de minimis percibidas en el ejercicio fiscal actual y en los dos ejercicios fiscales anteriores. Incluida en Anexo I.

  • Declaración responsable sanción administrativa

    De no ser objeto de sanción administrativa ni sentencias firmes por acciones/omisión discriminatorias por razón de género. Incluida en Anexo I.

  • Declaración responsable en materia medioambiental

  • Declaración responsable sobre no realización de actos

    Recogidos en el art. 33.2 de la Ley de Memoria Democrática ni contrarios a los recogidos en la Ley de igualdad y protección integral contra la discriminación de la Comunidad Autónoma de Aragón. Incluida en Anexo I.

  • Memoria descriptiva

    En el caso de empresas de servicio. Contendrá la actividad empresarial relacionada con actividades culturales comprendidas entre el 1 de enero de 2018 hasta el 13 de marzo de 2020.

  • Contrato de arrendamiento

    O escritura de compraventa del local en el que desarrolla la actividad empresarial. En caso de contrato de arrendamiento, los recibos de pago del primer trimestre del 2020

  • Informe de la Tesorería de la Seguridad Social

    Donde acredite el número de trabajadores en alta a fecha 13 de marzo de 2020.

  • Ficha de terceros

    Junto con la etiqueta identificativa de hacienda (o en su defecto fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal o DNI).

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Certificado de estar al corriente de la AEAT

  • Certificado de estar al corriente de la D.G. de Tributos

  • Certificado de TGSS de estar al corriente

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

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Información adicional

La solicitud se presentará preferentemente de forma electrónica y con carácter obligatorio para las personas jurídicas.

En caso de presentación en las unidades de Registro, deberá solicitar cita previa.

El procedimiento de concesión es de concurrencia competitiva simplificada.

El orden de prelación de las solicitudes se fijará en función de la fecha y hora en las que hayan sido válidamente presentadas, cumpliendo todos los requisitos y documentación exigidos en la convocatoria en un registro oficial.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
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  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
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  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
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  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 03/11/2020 al 16/11/2020

Fuera de plazo

Paso 1:

Descarga el formulario principal:

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No olvides repasar el resto de documentos necesarios:

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

6 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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