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Subvenciones para programas formativos dirigidos a personas trabajadoras prioritariamente desempleadas

N° 236

A través de este trámite se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones para la realización de acciones formativas del Plan “The Wave” dirigido prioritariamente a personas desempleadas, para la actualización de competencias laborales y mejora de la empleabilidad en competencias tecnológicas.

Plazo de presentación

Del 29/10/2025 al 04/11/2025

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Las entidades de formación cuyos centros se hallen acreditadas y/o inscritas en el Registro de centros y entidades de formación del Instituto Aragonés de Empleo o, en su caso, en el Registro Estatal de Entidades de Formación, siempre y cuando dispongan de instalaciones en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón debidamente inscritas y/o acreditadas que permitan la impartición de las especialidades formativas solicitadas.

Requisitos

  • Las entidades podrán solicitar especialidades formativas que tengan inscritas en el Registro.
  • En el caso de solicitar especialidades que no estén inscritas, se podrán solicitar si se tiene la familia profesional acreditada a fecha de publicación de la convocatoria. Se deberá presentar declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos para su inscripción en el Registro de Entidades de Formación de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Ningún centro de formación podrá presentar solicitud de acciones formativas por importe total superior a 300.000 €.
  • Las entidades de formación que participen en esta convocatoria podrán solicitar la realización de un máximo de dos acciones formativas por especialidad formativa convocada, en cada uno de sus centros de formación.
  • Ejecutar el proyecto formativo por si mismas, no pudiendo subcontratar la ejecución de las acciones formativas.
  • Impartir las acciones formativas directamente en las instalaciones de las que dispongan en Aragón.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Modelo normalizado de solicitud y listado de acciones formativas

    La solicitud y los listados de acciones formativas deberán cumplimentarse a través de la aplicación PAS WEB Desempleados SEPE 2025, disponible en la url: https://plan.aragon.es/inaem/pas/pasdesempleados.nsf, y, descargarse y presentarse electrónicamente, a través del Registro Electrónico General de la Administración Pública de Aragón.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En caso de que el centro no tenga la especialidad inscrita:

  • Declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos

    para su inscripción en el Registro de Centros Colaboradores en materia de Formación e Inserción Profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón para impartir especialidades formativas no dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad.

En el caso de que la entidad de formación se halle acreditada en el Registro estatal de entidades de formación:

  • Declaración responsable y/o acuerdo de disponibilidad de instalaciones en Aragón

Cuando la entidad solicitante sea una entidad local:

  • Certificado o declaración responsable:

    - Que está al corriente en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable.

    - Que ha adoptado medidas de racionalización del gasto.

    - Que ha presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 9.c) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón

Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, las personas físicas y jurídicas, distintas de las entidades de derecho público, con ánimo de lucro sujetas a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales:

  • Declaración responsable

    de que cumplen, en los términos dispuestos en el artículo 13.3 bis. de la

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los plazos de pago que se

    establecen en la citada Ley para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora. Se

    entenderá cumplido este requisito cuando el nivel de cumplimiento de los plazos de pago

    previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, sea igual o superior al porcentaje previsto en la

    disposición final sexta, letra d) apartado segundo, de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de

    creación y crecimiento de empresas (90% de facturas pagadas sobre el total de pagos a

    proveedores, durante el ejercicio anterior, en un plazo inferior al máximo establecido en la Ley

    3/2004, de 29 de diciembre).

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 29/10/2025 al 04/11/2025

En plazo

El plazo de presentación de solicitudes de subvención es de 5 días hábiles, a partir del día siguiente al de publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

¿Cómo realizar este trámite?

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