El icono + / - abre y cierra items
- Temas
- Administración pública
- Agricultura, ganadería y medio rural
- Ciencia y tecnología
- Comercio y consumo
- Cultura, turismo, deportes y ocio
- Educación y formación
- Empleo, empresa y otras entidades
- Impuestos y tasas
- Industria, energía y minería
- Medio ambiente
- Salud
- Seguridad y justicia
- Servicios sociales
- Transporte, territorio e infraestructuras
- Vivienda y urbanismo
- Transparencia
- Gobierno
Consulta tus datos, notificaciones y trámites en un único espacio.
Acceder a MiAConvocatoria 2026
Trámite Nº11400
Plazo pendiente de definir
Aún no es posible presentar el trámite
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
TrámiteNº11400
Plazo pendiente de definir
Aún no es posible presentar el trámite
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
(Convocatoria en elaboración)
A través de este trámite, las asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro en el ámbito universitario de Aragón podrán solicitar esta subvención, cuyo objetivo es el desarrollo del asociacionismo entre el estudiantado universitario.
Dirigido a
- Asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro en el ámbito universitario de Aragón
Requisitos
- Estar debidamente constituida e inscrita en el Registro de Asociaciones de Aragón con una antelación de seis meses a la publicación de la orden de la convocatoria.
- Realizar alguna de las actuaciones subvencionables establecidas en la convocatoria.
- La convocatoria de 2026 establece que las actuaciones subvencionables necesariamente consistirán en:
- La realización de eventos relacionados con las finalidades de esta línea de subvención.
- La organización de actos de reconocimiento a personas por su labor en el ámbito universitario.
- La planificación y ejecución de programas de formación.
- El impulso y la difusión del arte en espacios públicos como forma de expresión cultural.
- Las asociaciones solicitantes sólo podrán presentar un único proyecto susceptible de ser subvencionable.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo pendiente de definir
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes. La notificación de la resolución se realizará mediante publicación en BOA y en esta misma página web, en el apartado "Detalles del trámite" en "Anuncios".
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Memoria explicativa de las actividades a realizar
La memoria contendrá las actuaciones a realizar con desglose del presupuesto estimado, el calendario de ejecución y el resto de la información que se indica en el apartado décimo, punto 1, letra b) de la convocatoria, a fin de evaluar la solicitud conforme a los criterios especificados en el apartado séptimo, punto 2 de la convocatoria.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Acreditación de la representación
Acreditación de que la persona que actúa como representante tiene poder de representación. No será necesario aportar este documento si se presenta la solicitud mediante certificado de representante de persona jurídica.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado.
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Importante: la presentación de esta solicitud es exclusivamente electrónica. Para ello, necesitas disponer de firma electrónica. En el apartado "Información adicional" - "Recursos y enlaces de interés" dispones de una guía con más información.
La solicitud se considerará presentada en el momento en que se obtenga el justificante de registro que se deberá conservar a efectos de acreditar su presentación. No obstante, a los efectos del cómputo de plazo fijado en días hábiles, y en lo que se refiere al cumplimiento de plazos por las personas interesadas, la presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente.
Resolución: la resolución con las personas beneficiarias se publicará en el Boletín Oficial de Aragón y en esta misma página web, en el apartado "Detalles del trámite" en "Anuncios".
Pago: tras la resolución y justificación del gasto, se procederá al pago de la subvención en el número de cuenta indicado en la solicitud.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes. La notificación de la resolución se realizará mediante publicación en BOA y en esta misma página web, en el apartado "Detalles del trámite" en "Anuncios".
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Preguntas frecuentes
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Pueden solicitar esta subvención las asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro en el ámbito universitario de Aragón que, realizando alguna de las siguientes actuaciones subvencionables, se hallen debidamente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de Aragón, con una antelación mínima de seis meses respecto a la fecha de publicación de la orden de convocatoria:
- La realización de eventos relacionados con las finalidades de esta línea de subvención.
- La organización de actos de reconocimiento a personas por su labor en el ámbito universitario.
- La planificación y ejecución de programas de formación.
- El impulso y la difusión del arte en espacios públicos como forma de expresión cultural.
En todo caso, tendrán la consideración de asociaciones de estudiantes aquellas que, con anterioridad a la publicación de esta orden, consten inscritas en el correspondiente Registro de Asociaciones Universitarias de las universidades que integran el sistema universitario de Aragón.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Si la solicitud no reúne toda la información o documentación necesaria, el órgano competente notificará electrónicamente a la persona interesada un requerimiento para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, accediendo a subsanar trámite.
Si en ese plazo no realizas las aclaraciones pertinentes o no presentas la documentación adicional que se te pida, se entenderá que desistes de tu solicitud.
También puedes presentar cualquier aclaración o documento adicional que consideres conveniente en cualquier momento anterior al requerimiento de subsanación, de forma electrónica, accediendo a aportar trámite.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Las solicitudes de aquellas asociaciones que cumplan todos los requisitos para poder ser beneficiarias de la subvención se evaluarán y seleccionarán según los siguientes criterios de valoración aplicados en el orden de prelación que se señala a continuación:
- Calidad técnica y adecuación de los medios empleados (hasta 35 puntos).
- Originalidad e innovación de la actuación subvencionable (hasta 35 puntos).
- Impacto cuantitativo de la actuación subvencionable en el estudiantado (hasta 10 puntos).
- Impacto de la actividad habitual de la asociación en el ámbito universitario (hasta 10 puntos).
- Promoción de la igualdad de género, la inclusión y el respeto a la diversidad (hasta 10 puntos).
La concesión de la subvención se realizará comparando las solicitudes admitidas para establecer una prelación entre las mismas conforme a los criterios de valoración indicados. Las subvenciones se adjudicarán, dentro del crédito disponible fijado en la convocatoria (15 000 euros), a aquellas solicitudes que hayan obtengan mayor puntuación.
Cada integrante de la comisión de valoración prevista en el apartado decimotercero asignará a cada solicitud una puntuación conforme al baremo señalado para cada uno de los criterios indicados. La puntuación final será la media de las puntuaciones de las personas que conforman la comisión de valoración.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
La resolución de la convocatoria, que incluye tanto las solicitudes concedidas como aquellas que han sido desestimadas o inadmitidas, se publicará en el Boletín Oficial de Aragón y en el apartado "Anuncios" dentro de "Detalles del trámite", de esta Sede electrónica. Este apartado no se será visible hasta que exista algún anuncio disponible.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
La cuantía individual máxima de la subvención que podrá recibir cada asociación ascenderá a tres mil euros (3000 euros. En ningún caso, el importe de la subvención podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actuación o proyecto subvencionado.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
El pago de la subvención se efectuará una vez que la asociación beneficiaria haya acreditado el cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención y haya justificado la realización de la actuación subvencionada así como el gasto realizado, dentro del plazo establecido en la convocatoria (desde el 3 al 16 de noviembre de 2026).
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 714 935
Correo electrónico. asociaciones_estudiantes@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h
- atencionalaciudadania@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00 h.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa general
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
Más información
Sobre ayuda a la tramitación electrónica¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.