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Subvenciones destinadas a asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro en el ámbito universitario - Convocatoria 2022

N°9254

A través de este trámite, las asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro en el ámbito universitario de Aragón podrán solicitar esta subvención, cuyo objetivo es el desarrollo del asociacionismo entre el estudiantado universitario.

Plazo de presentación

Del 19/10/2022 al 09/11/2022

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro en el ámbito universitario de Aragón

Requisitos

  • Estar debidamente constituida e inscrita en el Registro de Asociaciones de Aragón con una antelación de seis meses a la publicación de la orden de la convocatoria.
  • Realizar alguna de las actuaciones subvencionables establecidas en la convocatoria.
  • La convocatoria de 2022 establece que las actuaciones subvencionables necesariamente consistirán en:
    • La elaboración y publicación de estudios y trabajos.
    • La realización de debates.
    • La celebración de jornadas de difusión de las finalidades de la subvención establecidas en el apartado segundo de la convocatoria.
    • La convocatoria de premios que contribuyan a la consecución de las finalidades de la subvención establecidas en el apartado segundo de la convocatoria.
    • La organización de cursos.
    • La realización de actividades de arte urbano.
  • Las asociaciones solicitantes sólo podrán presentar un único proyecto susceptible de ser subvencionable.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Documentación acreditativa de la condición de representante

    Los documentos que acrediten el poder de representación de la persona representante. Este documento no será necesario si la presentación de la solicitud se realiza mediante certificado de persona jurídica.

  • Memoria explicativa de las actividades a realizar

    Según se indica en el apartado décimo de la convocatoria, incluirá un calendario o cronograma de realización de actividades detalladas, a fin de valoración de los criterios especificados en el apartado séptimo, punto 2 de la convocatoria.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Consulta de Datos de Identidad

    Datos de identidad de la persona representante

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

    Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado.

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

    Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

    Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

Información adicional

En el apartado "Presentación de la solicitud" se dispone de más información.

La solicitud se considerará presentada en el momento en que se obtenga el justificante de registro que se deberá conservar a efectos de acreditar su presentación. No obstante, a los efectos del cómputo de plazo fijado en días hábiles, y en lo que se refiere al cumplimiento de plazos por las personas interesadas, la presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente.

Si tiene cualquier duda consulte las Preguntas frecuentes del apartado "Información adicional".

Subsanación: si se comprueba que su solicitud no reúne toda la información o documentación necesaria, podrá subsanarla en un plazo de 10 días hábiles. A tal fin se publicará en el tablón de anuncios digital de información general del Gobierno de Aragón la lista de las solicitudes que se deban subsanar, señalando los motivos y el contenido de la subsanación, así como los medios de presentación. El enlace al mencionado tablón está disponible en el apartado Documentos y enlaces de interés.

Resolución: la resolución con las personas beneficiarias se publicará en el Boletín Oficial de Aragón y en esta misma página web, y determinará el importe de la subvención.

Pago: tras la resolución y justificación del gasto, se procederá al pago de la subvención.

Recurso de alzada: si no está de acuerdo con la resolución, puede interponer un recurso de alzada ante la Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón. Si la resolución no fuera expresa, la persona interesada podrá interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 19/10/2022 al 09/11/2022

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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