Subvenciones para la creación y consolidación del empleo en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales - Subvención por incorporación de personas socias trabajadoras
N° 230
A través de este trámite, se puede solicitar una subvención para la incorporación con carácter indefinido de personas socias trabajadoras , desempleadas o personas con contrato de trabajo que no tengan aún esta condición en la cooperativa o sociedad laboral en la que están integradas.
Dirigido a
- Las cooperativas de trabajo asociado que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Las sociedades laborales que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos
- Estar legalmente constituidas o calificadas conforme lo previsto en el Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón o en la Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas, en función de la forma societaria de que se trate, así como inscritas en el Registro Público competente por razón de la materia.
- Tener el centro de trabajo en el que se genera el empleo subvencionado o al que se destinan las inversiones en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
-
Los requisitos de las personas que se incorporan como personas socias trabajadoras son:
- Desempleadas, personas con contrato temporal o indefinido que no tengan aún la condición de socias y personas trabajadoras de duración determinada en la entidad
- Estar en alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social con carácter previo a la solicitud
- La jornada parcial será siempre superior al 50%
- La contratación supondrá un incremento neto del empleo fijo de la empresa respecto a los seis meses anteriores a la fecha de incorporación, o el mantenimiento de la plantilla fija de la entidad en el caso de que la persona ya estuviera contratada en la misma
- No habrá ostentado la condición de persona socia trabajadora en la misma empresa en los dos años anteriores, salvo que haya tenido tal condición como socia trabajadora de duración determinada
Documentación
Presentar en todos los casos:
Escritura de constitución
Contrato de trabajo
En el que se haga constar la duración de la jornada que tiene fijada la persona que se incorpora.
Consulta de datos de la persona socia trabajadora
Descargar modelo Consulta de datos de la persona socia trabajadora
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Si la persona que se incorpora como socia, es una persona desempleada
Certificado incorporación como socio trabajador
Para personas desempleadas
Descargar modelo Certificado incorporación como socio trabajador
Si la persona que se incorpora como socia, es una persona trabajadora o socia de duración determinada de la entidad
Certificado incorporación como socio trabajador
Para la persona trabajadora o socia de duración determinada
Descargar modelo Certificado incorporación como socio trabajador
Si la persona contratada percibía el ingreso mínimo vital o prestación aragonesa complementaria a dicho ingreso:
Certificado emitido por el órgano competente
Si la persona incorporada es desempleada con discapacidad:
Informe positivo de adecuación del puesto
A la discapacidad de las persona trabajadora contratada emitido por el equipo multiprofesional competente
Si el trabajador contratado es pensionista de la Seguridad Social o de clases pasivas
Resolución de pensión de incapacidad permanente
Informe de adecuación al puesto de trabajo
O dictamen de aptitud de evaluación de riesgos emitido por los servicios de prevención
Si la persona contratada está en situación o riesgo de exclusión:
Certificado que acredite la situación
Emitido por los Servicios Sociales competentes
Si la persona contratada es mujer víctima de violencia de género:
Acreditación de la condición de mujer víctima de violencia de género
En caso de apoderamiento:
Documento de apoderamiento
Se puede obtener en: https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.htm
Si no se tiene ficha de terceros con INAEM
Ficha de terceros con INAEM
Se pude obtener en:
https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ficha-terceros-designacion-cuenta-bancaria
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesCorriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Impuesto de Actividades Económicas o certificado de estar exento
Consulta de subvenciones MINIMIS
Consulta de Discapacidad nuevo
Inscrito Demandante de empleo
Inscrito Demandante de Empleo a Fecha Concreta
Validación de NIF de un contribuyente
Verificación de Datos de Identidad
Consulta de Datos de Identidad
Información adicional
En el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución concesoria hay que aportar;
- Dirección de la página web del proyecto en la que se destaque la ayuda financiera de la Unión Europea.
- Fotografía del cartel.
- Documento normalizado por el que se acredite la comunicación a la persona trabajadora de que su puesto se encuentra subvencionado
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas. 901 501 000
- Correo electrónico. inaem@aragon.es
- Página web. Página Web del INAEM
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE EMPLEO
Normativa
Orden EMC/295/2025, de 17 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de fomento del empleo en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales para la concesión de subvenciones destinadas a la creación y consolidación de empleo y a la mejora de la competitividad en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
Orden EEI/521/2024, de 17 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de fomento del empleo en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales para la concesión de subvenciones destinadas a la creación y consolidación de empleo y a la mejora de la competitividad en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
Orden EMC/626/2025, de 27 de mayo, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones reguladas en la Orden EMC/295/2025, de 17 de
marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la creación y consolidación del empleo y mejora de la competitividad en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 11/06/2025 al 30/10/2025
En plazo
Un mes contado desde la fecha de alta en Seguridad Social o, cuando se trate de personas trabajadoras vinculadas a la empresa por contrato de trabajo o relación de carácter temporal o indefinida, desde la fecha de su incorporación como persona socia trabajadora con carácter indefinido.
Iniciar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
En plazo hasta el 30/10/2025
En plazo hasta el 30/10/2025
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