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Subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel para la rehabilitación y urbanización de espacios municipales afectados por catástrofes naturales - Convocatoria 2023

N°9206

A través de este trámite, los Ayuntamientos de la provincia de Teruel que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria, podrán presentar su candidatura para obtener subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel, para financiar la rehabilitación y urbanización de espacios municipales afectados por catástrofes naturales.

Plazo de presentación

Del 03/03/2023 al 17/03/2023

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Aguilar de Alfambra, Manzanera, Camarena de la Sierra, Olba, San Agustín, Cascante del Río, Alcañiz, Aguatón, Argente, Caminreal, Monreal del Campo, Montalbán, Ojos Negros, Torrijo del Campo, Fuentes Claras, Crivillén y Torrelacárcel

Requisitos

  • Serán objeto de subvención con cargo a estas ayudas las actuaciones de inversión destinadas a la generación de nuevos espacios urbanos, a la restauración paisajística, medioambiental, urbanística, así como aquellas destinadas a la mejora de accesos al centro urbano o casco histórico de los municipios.
  • Las subvenciones previstas en esta orden son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de otras administraciones públicas o entidades privadas sin que en ningún caso sea de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con éstos, supere el coste de la actividad subvencionada.
  • En ningún caso podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos o actuaciones que hayan sido subvencionados con anterioridad al amparo de la Resolución de 28 de octubre, de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, por la que se convocan subvenciones previstas en el artículo 1 del Real Decreto 1387/2018, 19 de noviembre, por el que se extiende el ámbito de aplicación del Real Decreto-Ley 2/2017, de 27 de enero.
  • Cada municipio solicitante presentará una solicitud.
  • Para obtener una subvención será necesario que el municipio peticionario no se encuentre incurso en ninguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La acreditación de este extremo se realizará mediante declaración responsable, y en todo caso deberá concurrir con carácter previo a la propuesta de resolución de la convocatoria.
  • Las solicitudes se dirigirán a la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, presentándose electrónicamente a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Memoria explicativa

    De la actuación suscrita por el/la Alcalde/sa-Presidente/a. Se ha de describir con claridad el objetivo a conseguir con la inversión.

  • Memoria valorada

  • Proyecto técnico

  • Certificado de cumplimiento

    Del apartado e) del apartado 9 de la convocatoria, incluyendo el certificado de la Cámara de Cuentas que acredite estar al día en la obligación de rendir las cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón, de acuerdo con la normativa aplicable.

  • Certificado titularidad del bien

    O de la disponibilidad de los terrenos

  • Certificado sobre concurrencia

    De otras ayudas para la misma actuación, y sobre la consideración del IVA como subvencionable o no.

  • ANEXO I - CUENTA JUSTIFICATIVA

    PRESENTACIÓN CUENTA JUSTIFICATIVA

    Descargar modelo ANEXO I - CUENTA JUSTIFICATIVA
  • ANEXO II - CARTEL FITE

    ANEXO II - CARTEL FITE

    Descargar modelo ANEXO II - CARTEL FITE

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En el caso de justificación de la subvención

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Obligaciones tributarias y de Seguridad Social

    Certificado de estar al corriente de pagos de las obligaciones tributarias con la AEAT y la Comunidad Autónoma de Aragón, y de la Seguridad Social.

Información adicional

• Se considerarán subvencionables las inversiones realizadas y efectivamente pagadas entre el 1 de enero de 2021 hasta el 30 de junio de 2024. El plazo máximo de ejecución establecido podrá ser objeto de ampliación, previa solicitud motivada, hasta el 29 de diciembre de 2024.

• La justificación del cumplimiento de la actividad subvencionada se efectuará electrónicamente desde el día siguiente a la publicación de la resolución de la convocatoria hasta el día 30 de julio de 2024 pudiendo ser ampliado previa solicitud motivada del beneficiario hasta 30 de diciembre de 2024.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 03/03/2023 al 17/03/2023

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

En el plazo máximo de 3 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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