Subvenciones con cargo al Fondo de inversiones de Teruel para infraestructuras municipales - Convocatoria 2023
N°9218
Subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel para infraestructuras municipales de dicha provincia, destinadas a proyectos de inversión.
Dirigido a
- Municipios y entidades locales menores
Requisitos
- No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas por la presente Orden los municipios y entidades locales menores de la provincia de Teruel, con excepción del de Teruel.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Memoria explicativa
Proyecto técnico
Presupuesto
Memoria valorada
Certificado de concurrencia con otras ayudas
Acreditación estar al día en obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas
Titularidad de los terrenos o de disponibilidad de los mismos
Certificado tasación emitido por un organismo público o un tasador independiente
En el caso de adquisición de terrenos y/o inmuebles, deberá acreditarse la imposibilidad de hacerlo con recursos propios por parte del solicitante, y se acompañará de certificado de tasación emitido por un organismo público o un tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial
Anexo I - Cuenta justificativa
Presentación cuenta justificativa.
Descargar modelo Anexo I - Cuenta justificativaAnexo II - Cartel FITE
Descargar modelo Anexo II - Cartel FITE
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
En el caso de justificación de la subvención
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesEstar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Certificado de estar al corriente de Pago expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Certificado de estar al corriente de pago expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón
Información adicional
Se considerarán subvencionables las inversiones que tengan por objeto obras o equipamientos que promuevan, directa o indirectamente, la creación de renta y riqueza en los municipios beneficiarios.
Los gastos de redacción de proyecto, direcciones, estudios geotécnicos y similares, serán subvencionables hasta un máximo del 20% del presupuesto de ejecución material, y siempre que sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.
Cada municipio solicitante presentará una solicitud.
Las solicitudes serán baremadas hasta un máximo de 10 puntos, conforme al procedimiento de concurrencia competitiva.
Los beneficiarios de las ayudas deberán manifestar, en su caso, la renuncia expresa a la concesión de la ayuda en el plazo de quince días hábiles. En caso contrario se entenderá que acepta todas y cada una de las condiciones expresadas en la resolución de concesión de la ayuda.
El pago se realizará anticipadamente en los términos previstos en el Decreto-ley 5/2017, de 14 de noviembre, del Gobierno de Aragón.
Los gastos subvencionables serán los que correspondan a inversiones realizadas y pagadas en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de septiembre de 2024.
La justificación del cumplimiento de la actividad subvencionada se efectuará electrónicamente desde el día siguiente a la publicación de la resolución de la convocatoria hasta el día 30 de octubre de 2024.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Dirección General de Relaciones Institucionales. 976 713 211
- Correo electrónico. fite@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES, ACCIÓN EXTERIOR Y TRANSPARENCIA
Normativa
Orden PRE/162/2023, de 22 de febrero, por la que se convocan subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel para infraestructuras municipales de dicha provincia.
Orden PRI/822/2022, de 6 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a infraestructuras municipales en la provincia de Teruel
Ley 2/2022, de 19 de mayo, de aplicación y desarrollo de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa
Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa
Decreto-ley 5/2017, de 14 de noviembre, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes para facilitar la ejecución del convenio de Colaboración entre la Administración General del Estado (Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales) y el Gobierno de Aragón, para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel que continúen favoreciendo la generación de renta en dicha provincia
Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 27/02/2023 al 20/03/2023
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses contados desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”. Se notificará a los municipios beneficiarios y se publicará en el "Boletín Oficial de Ara...
3 meses contados desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”. Se notificará a los municipios beneficiarios y se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón". Así mismo se publicará en la página web del departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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