Subvenciones autónomos y pymes sector turístico COVID-19

Trámite 2403

Fuera de plazo - Del 04/08/2020 al 14/09/2020

El plazo de presentación terminó el 14 septiembre 2020

Consultar trámite

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Fuera de plazo - Del 04/08/2020 al 14/09/2020

El plazo de presentación terminó el 14 septiembre 2020

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Detalles del trámite

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones dirigidas al sector turístico aragonés, afectadas por la crisis de la COVID-19.

Estas ayudas, están dirigidas a las pequeñas y medianas empresas (pymes) y a las personas trabajadoras en régimen autónomo.


Dirigido a

  • Empresas turísticas establecidas en la Comunidad de Aragón que sean autónomos o pymes, titulares de establecimientos de alojamiento hotelero, de alojamiento de turismo rural, de camping, de albergues y refugios, de restaurantes, titulares de actividades de turismo activo, de agencias de viajes con casa central en Aragón o guías de turismo de Aragón, siempre que se encuentren inscritos en el Registro de Turismo de Aragón, con anterioridad al 15 de marzo de 2020 y que se encuentren en activo en la fecha de solicitud.

Requisitos

  • Tener el domicilio fiscal en la Comunidad de Aragón en el caso de autónomos.
  • No incurrir en alguna de las prohibiciones previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley general de subvenciones.
  • No haber sido sancionado por la autoridad laboral competente.
  • Cumplir con los requisitos exigidos por la legislación medioambiental, en relación al tratamiento de residuos.
  • Cumplir con los requisitos exigidos en la legislación tanto en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres como en materia laboral.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Inicio: 04/08/2020 a las 00:00 h

Fin: 14/09/2020 a las 23:59 h

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Con la ayuda del personal habilitado

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Resolución

Seis meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Datos identificativos del solicitante

  • 2. Declaración responsable

    Relativa a los requisitos exigidos para ser beneficiario de la subvención incluidos en el artículo 3.

  • 3. Declaración responsable de las ayudas de mínimis

    Concedidas al solicitante durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso, así como de otras ayudas estatales, a fin de comprobar que no se superan los límites de 200.000 euros.

  • 4. NIF en caso de persona jurídica

  • 5. Documento de la representación de la persona jurídica.

    Salvo que se presente la solicitud con certificado digital de representante de persona jurídica.

  • 6. Ficha de Terceros

    Acompañada de etiqueta identificativa de Hacienda o fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal o DNI. En caso de que estos datos ya consten en la base de datos del Gobierno de Aragón no es necesaria su presentación.

  • 7. Modelo 036, 037 o certificado de situación censal Agencia Tributaria.

  • 8. Informe de la Tesorería de la Seguridad Social.

    Acreditativo del número medio de trabajadores en 2019.

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Identidad de solicitante o representante

  • Certificado Agencia Estatal Administración Tributaria

    Acreditativo de estar al corriente obligaciones tributarias.

  • Certificado Tesorería General de la Seguridad Social

    Acreditativo de estar al corriente obligaciones Seguridad Social

  • Certificado Administración tributaria Comunidad Autónoma

    Acreditativo de estar al corriente obligaciones tributarias.


¿Necesitas ayuda?

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

SERVICIO DE ORDENACIÓN Y REGULACIÓN DE ACTIVIDADES TURÍSTICAS

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

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Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

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Ayuda a la tramitación electrónica

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