Convocatoria 2026

Trámite 11624

En plazo - Del 15/07/2026 al 04/08/2026

Iniciar trámite

Trámite11624

En plazo - Del 15/07/2026 al 04/08/2026

Iniciar trámite

Detalles del trámite

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones destinadas a financiar proyectos de alfabetización en salud y ayuda mutua de pacientes y personas cuidadoras.

Estas ayudas están dirigidas a entidades sin ánimo de lucro, siempre que cumplan los requisitos exigidos en la presente convocatoria.


Dirigido a

  • Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones, federaciones y fundaciones de personas afectadas por una enfermedad o discapacidad y/o familiares, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que tengan sede y realicen su actividad en Aragón

Requisitos

  • Las entidades beneficiarias deben reunir los requisitos establecidos en el artículo 3 de las bases reguladoras aprobadas por la Orden SAN/335/2016, de 15 de abril modificada por la ORDEN SAN/653/2023, de 10 de mayo.
  • Cada entidad podrá presentar una solicitud, con un solo proyecto de alfabetización en salud y ayuda mutua de personas afectadas por una enfermedad y sus cuidadores.
  • La entidad solicitante tiene que hallarse al corriente de pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y no haber sido sancionada o condenada con la perdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
  • Obligación de Justificar los gastos realizados.
  • Los centros beneficiarios deben reunir los requisitos establecidos en el artículo 3 de las bases reguladoras aprobadas por la Orden SAN/335/2016, de 15 de abril modificada por la ORDEN SAN/653/2023, de 10 de mayo.
  • El procedimiento electrónico de subvención tiene tres fases:
  • 1) Cumplimentar solicitud y remitirla en plazo junto con Anexos I y II y resto de documentación requerida.
    • Solo se admitira el modelo normalizado de proyecto (Anexo II).
  • 2) Cumplimentar declaración de aceptación de la subvención concedida a través del Anexo IV en el plazo de 10 diez hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el BOA.
  • 3) Justificación de la subvención concedida a través de los Anexos V y VI, cuyo plazo será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la Orden de concesión por la que se resuelve convocatoria.
  • Todos los documentos deberán estar firmados electrónicamente.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Inicio: 15/07/2026 a las 00:00 h

Fin: 04/08/2026 a las 23:59 h

15 días hábiles desde la fecha de publicación

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Resolución

3 meses a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Certificado del Secretario

    Certificado del Secretario de la entidad que acredite la representación conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como, las restantes cuestiones indicadas en el citado documento

  • 2. Proyecto

    Proyecto a desarrollar para el que se pide la subvención conforme al modelo especifico.

  • 3. Estatutos o Reglamentos oficiales de la entidad

    Salvo que se hubiesen aportado con anterioridad y no haya existido ninguna modificación, y no hayan transcurrido más de cuatro años desde que se presentaron al Departamento de Sanidad.

  • 4. Aceptación subvención concedida

    Aceptación expresa de la subvención conforme al modelo de aceptación disponible, entendiéndose que aceptan todas y cada una de las condiciones expresadas en la resolución.

  • 5. Memoria Actuación. Justificación.

    Memoria del proyecto realizado. Justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, siendo importante adjuntar soporte documental de las actividades realizadas.

  • 6. Memoria Económica. Justificación.

    La declaración del responsable de la entidad que desarrolla el proyecto de que el importe concedido de la subvención se ha destinado al cumplimiento de los fines establecidos.

    Relación de los justificantes de gastos realizados para la ejecución del proyecto subvencionado, acompañados de los justificantes del pago.

    Declaración de ayudas percibidas para financiar el proyecto.

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Consulta de documentación en el Departamento de Sanidad

    Si no hubiese sufrido modificación alguna y no han transcurrido más de cuatro años desde la finalización del procedimiento al que corresponden.

  • Consulta de Datos de Identidad


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE CUIDADOS Y HUMANIZACIÓN

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

La solicitud se presentará electrónicamente en la Sede electrónica del Gobierno de Aragón junto con el resto de la documentación que acompañe a la misma, rellenando el cuestionario que aparece al iniciar el trámite.

Dicha solicitud se considerará formalizada, a los efectos de su tramitación, en el momento en que se obtenga el justificante de registro. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento, dentro del plazo establecido para cada trámite.

La presentación de la solicitud supone la aceptación incondicionada de las bases de la convocatoria y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma.

Recursos y enlaces de interés

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Ayuda a la tramitación electrónica

Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.

Más información

Sobre ayuda a la tramitación electrónica

¿Te ha resultado útil esta página?

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web

Gracias por tu valoración

Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es

Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.

: 0 / 65000

: 0 / 280

: 0 / 280

: 0 / 280

Servicio de información y registro

Horario:  lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.