Solicitud de certificado de acreditación del ejercicio profesional - Acceso extraordinario al título de especialista en medicina de urgencias y emergencias
N°10494
Este procedimiento permite la solicitud de la certificación del ejercicio profesional en urgencias y emergencias en centros ubicados en la Comunidad de Aragón, necesario para el acceso al título de especialista en medicina de urgencias y emergencias por la vía extraordinaria.
Dirigido a
- Tituladas/os en Medicina que tengan o hayan tenido actividad profesional en urgencias y emergencias en centros y unidades de la Comunidad Autónoma de Aragón
Requisitos
- Estar en posesión de un título de especialista (según Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero) o de la habilitación para el ejercicio de la Medicina General en España, según lo establecido en el Real Decreto 853/1993, de 4 de junio
- Experiencia profesional en centros sanitarios de Aragón del tipo C.1.1 con unidad asistencial U.68 o centros sanitarios C.2.5.7 con unidad asistencial U.100 en los 7 años previos a la entrada en vigor del Real Decreto 610/2024, de 2 de julio (10 años si se han tenido contratos a tiempo parcial)
Documentación
Presentar en todos los casos:
Título de especialista o habilitación para el ejercicio de la medicina general
Deberá aportar el documento que acredita estar en posesión del título de especialista o, en su caso, la credencial de habilitación para el ejercicio de la medicina general en España, preferentemente en formato pdf (también se acepta jpg o png).
Certificado/s de servicios prestados en Aragón
Deberá presentar el documento expedido por su centro de trabajo en el que se acredita su experiencia profesional.
Si dispone de dos o más certificaciones, deberá unirlas en un único documento, preferentemente en formato pdf. Otros formatos aceptados son jpg o png.
Información adicional
Solo se certificarán los periodos de ejercicio profesional en centros de la Comunidad de Aragón.
Para la acreditación de la actividad desarrollada fuera de Aragón deben dirigirse al Departamento de Sanidad de la comunidad autónoma correspondiente.
Se ha establecido un calendario escalonado de presentación de solicitudes en función del mes de nacimiento.
Deberá tramitar su petición a partir de la fecha correspondiente a su mes.
Nacidos en:
- Enero: desde 16 de agosto
- Febrero: desde 1 de septiembre
- Marzo: desde 16 de septiembre
- Abril: desde 1 de octubre
- Mayo: desde 16 de octubre
- Junio: desde 1 de noviembre
- Julio: desde 16 de noviembre
- Agosto: desde 1 de diciembre
- Septiembre: desde 16 de diciembre
- Octubre: desde 1 de enero de 2025
- Noviembre: desde 16 de enero
- Diciembre: desde 1 de febrero
No se tramitarán las peticiones presentadas con antelación a la fecha de inicio de recepción de solicitudes del mes correspondiente.
La notificación de que el certificado se encuentra disponible para su descarga se realizará al correo electrónico indicado en la solicitud. Podrá recoger la notificación en mia.aragon.es.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Servicio de Estrategias y Formación 976 713 560
- Correo electrónico. Dirección General de Asistencia Sanitaria dgasanitaria@aragon.es
- Teléfono. Servicio de Estrategias y Formación 976 715 774
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE ASISTENCIA SANITARIA Y PLANIFICACIÓN
Normativa
Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria
Resolución de 24 de julio de 2024 del Director General de Asistencia Sanitaria y Planificación relativa a la competencia y condiciones para expedir el certificado de la acreditación del ejercicio profesional para el acceso extraordinario al título de especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias, previsto en la disposición transitoria primera del Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, por el que se establece el título de médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de médica/o especialista en Medicina Familiar y Comunitaria
Corrección de errores de 21 de agosto de 2024 de la Resolución de 24 de julio de 2024, del Director General de Asistencia Sanitaria y Planificación, relativa a la competencia y condiciones para expedir el certificado de la acreditación del ejercicio profesional para el acceso extraordinario al título de Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias, previsto en la disposición transitoria primera del Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la
formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 16/08/2024 al 30/06/2025
En plazo
Compruebe en el apartado Información adicional a partir de qué fecha puede tramitar su solicitud, en función de su mes de nacimiento
Iniciar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
1 mes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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