El sábado 20 de abril, entre las 08:00 y las 14:00 horas, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública efectuará actuaciones de mantenimiento en sus sistemas informáticos que pueden afectar al funcionamiento de las aplicaciones de administración electrónica. Disculpen las molestias.

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Subvenciones para la rehabilitación de viviendas. Línea 3. Edificios residenciales colectivos

A través de estos trámites, se pueden solicitar subvenciones para obras de rehabilitación en edificios residenciales colectivos ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad de Aragón.

Estas ayudas están enmarcadas en el Programa 6 de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas, del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

Dirigido a

  • Personas propietarias de edificios
    • Personas propietarias únicas y propietarias que, de forma agrupada, sean propietarias de edificios
  • Comunidades de personas propietarias

Requisitos

  • Requisitos de las viviendas
    • Tener una antigüedad anterior a 1996, excepto las viviendas en que residan personas con discapacidad superior o igual al 33%.
    • Ser de uso residencial vivienda en al menos el 70% de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja.
    • Constituir el domicilio habitual y permanente de las personas propietarias o arrendatarias en al menos el 50% de las viviendas.
  • Requisitos de las actuaciones
    • Referirse principalmente a elementos comunes del edificio y estar incluidas en las actuaciones subvencionables incluidas en el artículo 12 de la orden.
    • Contar con el acuerdo de la comunidad con fecha posterior al 1 de enero de 2018.
    • Intervenciones que faciliten la accesibilidad universal en espacios de circulación comunes del edificio.
    • Instalación de ascensores, plataformas y rampas.
  • Requisitos de las personas beneficiarias
    • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda de Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social.
    • Ser persona titular o cotitular de cuenta bancaria facilitada para ser dada de alta en la base de datos de Relaciones con Terceros.

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