Autorización de transporte privado de mercancías (MPC) - Visado de autorizaciones
N°7940
A través de este trámite, se otorgarán las autorizaciones de transporte MPCE se otorgarán sin plazo de duración prefijado, si bien su validez queda condicionada a su visado periódico, realizado de oficio.
Las autorizaciones habilitantes para realizar transporte privado complementario de mercancías, identificadas registralmente con la clave MPCE se visaran en los años impares.
Dirigido a
- Personas que realicen transporte privado de mercancías
Requisitos
- La empresa deberá estar dedicada a una finalidad principal distinta de la de transporte de mercancías.
- Las mercancías deberán pertenecer a la empresa o haber sido vendidas, compradas, dadas o tomadas en alquiler, producidas, extraídas, transformadas o reparadas por ella, constituyendo dicha venta, compra, alquiler, producción, extracción, transformación o reparación parte integrante de la actividad económica principal de la empresa.
- Tener necesidad de transportar proporcional a la carga útil del vehículo solicitado.
- Disponer de al menos un vehículo, con capacidad de tracción propia. Forma de disposición: propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.
- El origen o el destino del transporte deberá ser uno de los lugares en que la empresa desarrolle trabajos relacionados con su actividad principal.
- Los vehículos utilizados deberán hallarse integrados en la organización de la empresa. En este caso, también los remolques y semirremolques utilizados habrán de hallarse integrados en la organización de la empresa a título de propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.
- Las personas conductoras de los vehículos deberán hallarse integrados en la organización de la empresa y contar con las habilitaciones que, en su caso, resulten pertinentes.
- No necesitan autorización los transportes privados complementarios que se realicen en vehículos de hasta 3,5 toneladas de masa máxima autorizada, inclusive.
Pago de tasas
Pagar la tasa 05, tarifa 01 (1 hecho imponible por autorización de empresa y otro por cada vehículo).
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Memoria justificativa
Documentación acreditativa necesidad de transporte
Documentación justificativa del volumen de mercancías que adquiera, manufacture y venda habitualmente, así como del número de sus clientes y proveedores.
Justificante pago de las tasas
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesConsulta de Datos de un Vehículo
Información adicional
Las autorizaciones de transporte por carretera a las que les correspondiera visar en el año 2021, conforme al calendario establecido a la entrada en vigor, deberán visar en el año 2022.
A partir del año 2023, la periodicidad del visado se regirá por lo dispuesto en el apartado primero del artículo 42 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.
Contacto y ayuda
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Huesca. 974 293 347
- Correo electrónico. Huesca. transporteshuesca@aragon.es
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Teruel. 978 641 455
- Correo electrónico. Teruel. transportesteruel@aragon.es
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Zaragoza. 976 715 118
- Correo electrónico. Zaragoza. subtransporteszaragoza@aragon.es
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES
Normativa
Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transportes y vivienda
Resolución de 13 de diciembre de 2018 de la Dirección General de Transporte Terrestre, por la que se establece el calendario de visados de las autorizaciones de transporte y de actividades auxiliares y complementarias del transporte
Real Decreto 1772/1994, de 5 de agosto, por el que se adecuan determinados procedimientos administrativos en materia de transportes y carreteras a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, de 1990, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Ordenación de los Transportes Terrestres
Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
5 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
En plazo permanente
En plazo permanente
¿Te ha resultado útil esta página?
Ayúdanos a mejorar la página de trámites del Gobierno de Aragón
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web