El sábado 20 de abril, entre las 08:00 y las 14:00 horas, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública efectuará actuaciones de mantenimiento en sus sistemas informáticos que pueden afectar al funcionamiento de las aplicaciones de administración electrónica. Disculpen las molestias.
Autorización de transporte interurbano en vehículos de turismo (VT)
A través de este trámite, se obtiene la autorización para desarrollar la actividad de transporte interurbano de viajeros/as en vehículos de turismo.
Dirigido a
- Personas físicas que realicen transporte interurbano en auto taxi
- Personas jurídicas que realicen transporte interurbano en auto taxi
Requisitos
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Ser Persona física o persona jurídica.
- Sociedad mercantil, Sociedad anónima laboral o Cooperativa de trabajo asociado.
- Tener la nacionalidad española, de un Estado de la Comunidad Económica Europea o de otro país extranjero con el que, en virtud de lo dispuesto en los tratados o convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el citado requisito.
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Cumplir las obligaciones de carácter fiscal establecidas en la legislación vigente.
- Alta en censo de obligadores tributarios. Tte. de viajeros, epig, 721.
- Cumplir las obligaciones laborales y sociales establecidas en la legislación correspondiente.
- Disponer de dirección y firma electrónica, así como del equipo informático necesario para documentar a distancia el contrato y otras formalidades mercantiles con sus clientes.
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Disponer de licencia municipal de taxi.
- Salvo que se den las circunstancias previstas en los artículos 123.2 del ROTT y 46.4 de la Orden de 4 de febrero de 1993 (BOE de 16 de febrero).
-
Requisitos de los vehículos:
- Los vehículos deberán estar matriculados.
- Habilitados para conducir.
- Antigüedad inferior a dos años desde la fecha de matriculación inicial.
- Tener cubierta de forma ilimitada su responsabilidad civil por los daños que se causen con ocasión del transporte.
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Requisitos para la rehabilitación:
- No haber transcurrido un año desde el mes que debería haberse confirmado el visado y resulta acreditado el cumplimiento de todas las condiciones exigidas para renovar la autorización.
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Requisitos para la transmisión:
- No tener sanciones pendientes de pago impuestas por resolución definitiva en vía administrativa por infracciones de la legislación de transportes.
- Los vehículos a que se refieran las autorizaciones transmitidas podrán ser los mismos a los que anteriormente estuvieran referidas, cuando el adquirente de éstas hubiera, a su vez, adquirido la disposición sobre tales vehículos, o distintos siempre que tengan una fecha de primera matriculación posterior a la del sustituido.
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Requisitos para la sustitución:
- El vehículo deberá tener una fecha de primera matriculación posterior a la del sustituido.
- La sustitución deberá haber sido autorizada previamente por el Ayuntamiento que otorgó la licencia municipal.
Trámites relacionados
Tramitación
A través de este trámite, las personas interesadas y que cumplan los requisitos exigidos podrán solicitar la autorización necesaria para desarrollar la actividad de transporte interurbano de viajeros/as en vehículos de turismo (VT).
En plazo permanente
Contacto y ayuda
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Huesca. 974 293 347
- Correo electrónico. Huesca. transporteshuesca@aragon.es
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Teruel. 978 641 455
- Correo electrónico. Teruel. transportesteruel@aragon.es
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Zaragoza. 976 715 118
- Correo electrónico. Zaragoza. subtransporteszaragoza@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES
Normativa
Ley 5/2018, de 19 de abril, del Taxi
Orden 4242/1993, de 4 de febrero, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte discrecional de viajeros por carretera
Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres
Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres
Trámites relacionados
En plazo permanente
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