Volver a Acogida de menores

Acogimiento familiar

N°1104

A través de este trámite, las personas interesadas que cumplan los requisitos exigidos podrán presentar una solicitud para la acogida temporal de menores que, por diversas razones, no pueden convivir con su familia de origen.

Esta acogida trata de complementar, no de sustituir a la familia biológica, durante el tiempo que sea preciso para facilitar la recuperación familiar y la posterior vuelta de los menores a aquella.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Personas interesadas en acoger a un menor y que reúnan los requisitos establecidos.

Requisitos

  • Ser mayor de 25 años. En el caso de una pareja, es suficiente que al menos uno de ellos haya alcanzado dicha edad.
  • Asistencia a la Reunión Informativa Previa.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Dos fotografías de tamaño carné de cada solicitante

  • Certificado de empadronamiento expedida por el Ayuntamiento que corresponda

  • Certificación de antecedentes penales de cada solicitante

  • Informe médico del estado de salud

    Informe médico del estado de salud de cada solicitante en la que se acredite su estado de salud física y mental. En caso de enfermedad, deberá constar el diagnóstico, grado de afectación y posible evolución de la misma (según modelo).

  • Fotocopia de la Declaración del IRPF

    Fotocopia de la Declaración del IRPF o, en su defecto, certificación de haberes brutos del mismo período o documentos que acrediten sus ingresos económicos.

  • Fotocopia tarjeta sanitaria o documento que acredite cobertura sanitaria

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

La solicitud de acogimiento familiar es incompatible con la de adopción nacional.

En el momento de la asignación del menor, la persona o personas acogedoras deberán tener, por lo menos, 14 años más que el acogido.

Durante el proceso de valoración de idoneidad se llevarán a cabo sesiones formativas para tal fin, de ineludible asistencia.

La valoración de idoneidad se hará tras la asistencia al curso de formación por parte de los solicitantes.

Más información en https://www.aragon.es/-/acogimiento-familiar

Más normativa:

- Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, hecha en Nueva York el 20-11-1989, y suscrita por España el 31-12-1990

- Carta Europea de los Derechos del Niño de 8 de julio de 1992 del Parlamento Europeo

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
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  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Presencial

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  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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