Revisión de actos nulos de pleno derecho en materia del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR)

Trámite 8873

En plazo permanente

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Detalles del trámite

Tramitación de un procedimiento administrativo para la resolución de los procedimientos de revisión de actos nulos de pleno derecho en materia del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR).

Para poder realizar el trámite, el solicitante debe:




Otras acciones


Dirigido a

  • Obligados tributarios del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales y personas que hayan sido sancionadas por infracción tributaria en materia de dicho impuesto.

Requisitos

  • Tratarse de actos dictados en materia del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales que hayan puesto fin a la vía administrativa o que no hayan sido recurridos en plazo, en los siguientes supuestos: (a) Que lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional. (b) Que hayan sido dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio. (c) Que tengan un contenido imposible. (d) Que sean constitutivos de infracción penal o se dicten como consecuencia de ésta. (e) Que hayan sido dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido para ello o de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad en los órganos colegiados. (f) Los actos expresos o presuntos contrarios al ordenamiento jurídico por los que se adquieren facultades o derechos cuando se carezca de los requisitos esenciales para su adquisición. (g) Cualquier otro que se establezca expresamente en una disposición de rango legal.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).

    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.

    Descargar formulario
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial - Pasos a seguir
  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.

    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana

  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Resolución

1 año desde que se presente la solicitud por el interesado o desde que se le notifique el acuerdo de iniciación de oficio del procedimiento.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Documentos que acrediten las alegaciones en que se fundamenta la solicitud.


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

INSTITUTO ARAGONÉS DEL AGUA

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

En caso de que la resolución no se notifique dentro del plazo de 1 año desde la presentación de la solicitud o la notificación del inicio de oficio, se producirán los siguientes efectos:

a) La caducidad del procedimiento iniciado de oficio, sin que ello impida que pueda iniciarse de nuevo otro procedimiento con posterioridad.

b) La desestimación por silencio administrativo de la solicitud, si el procedimiento se hubiera iniciado a instancia del interesado.

Recursos y enlaces de interés

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

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Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

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Ayuda a la tramitación electrónica

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