Preaviso

Trámite 7581

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Detalles del trámite

Comunicación a la oficina pública de registro del propósito de celebrar elecciones sindicales de personal laboral. Se pueden promover las elecciones a delegado de personal (menos de 50 trabajadores/as) y a miembros del comité de empresa (mas de 50 trabajadores/as).


Dirigido a

  • Organizaciones sindicales más representativas
  • Organizaciones que cuenten con un mínimo de un 10% de representantes en la empresa
  • Las personas trabajadoras del centro de trabajo, por acuerdo mayoritario adoptado en asamblea previamente convocada al efecto

Requisitos

  • Registro del preaviso 1 mes antes de la fecha de inicio del proceso electoral.
  • Si se promueven elecciones por concluir la duración del mandato, el preaviso se podrá hacer desde 3 meses antes de la fecha de vencimiento del mandato.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial - Pasos a seguir
  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.

    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana

  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Solo en el supuesto de que el preaviso sea realizado por grupo de trabajadores se permite la presentación presencial en la oficina pública de registro provincial, solicitando cita previa.

Los sindicatos, como personas jurídicas obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos, deben registrar el preaviso telemáticamente, a través de la opción "iniciar trámite", rellenando los campos requeridos.

Resolución

1 día hábil

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.


Documentos a aportar si cumples estas condiciones:

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Validación de NIF de un contribuyente


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

Tras el registro del preaviso, se dispone de 3 meses máximo para constituir la mesa electoral. La celebración de elecciones se deberá comunicar a la empresa, mínimo 20 días antes del inicio del proceso electoral.

En el preaviso se debe indicar si la celebración de elecciones se trata de parciales (cubrir puestos que han quedado vacantes) o totales (todos).

Si se desea celebrar elecciones sindicales en todos los centros de trabajo de una misma provincia, se deben convocar elecciones globales.

En la empresa que tenga en la misma provincia, o en municipios limítrofes, dos o más centros de trabajo cuyos censos no alcancen los cincuenta trabajadores, pero que en su conjunto lo sumen, se constituirá un comité de empresa conjunto. Cuando unos centros tengan cincuenta trabajadores y otros de la misma provincia no, en los primeros se constituirán comités de empresa propios y con todos los segundos se constituirá otro.

Una vez se reciba el preaviso, la oficina pública de registro dispondrá de un día hábil para devolver el preaviso con el número de registro.

Recursos y enlaces de interés

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

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Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

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Apartado siguiente:

Ayuda a la tramitación electrónica

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