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Reconocimiento de la exención del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR) en explotaciones ganaderas.

N°8705

Tramitación de un procedimiento administrativo para solicitar el reconocimiento de la exención Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR) en explotaciones ganaderas.

Plazo de presentación

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En plazo

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Dirigido a

  • Usuarios de agua que, cumpliendo el hecho imponible del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales, destinan los caudales consumidos al suministro a explotaciones ganaderas de producción y reproducción.

Requisitos

  • Que se trate de usos de agua que destinan los caudales a explotaciones ganaderas de producción y reproducción.
  • Que la explotación se encuentre inscrita en el Registro general de explotaciones ganaderas creado por el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Documentos que acrediten la representación, en su caso.

  • Plano catastral correspondiente al Polígono y parcelas en los que se ubica l

  • En su caso, Modelo 884

    Documentación relativa a la autorización para el aprovechamiento de aguas superficiales/subterráneas y Declaración de aprovechamientos de agua

  • Inscripción en el Registro general de explotaciones ganaderas

    Acreditación de que la explotación se encuentra inscrita en el Registro general de explotaciones ganaderas como explotación de producción y reproducción.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

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  • Verificación de Datos de Identidad

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

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Información adicional

La exención surtirá efectos para las liquidaciones que se practiquen con posterioridad a la presentación de la solicitud y tendrá vigencia mientras se mantenga la situación que la justifica.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
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  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Presencial

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  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

1 año desde la entrada en el Instituto Aragonés del Agua.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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¿Cómo realizar este trámite?

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