Subvención a las inversiones en agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola asociadas al Plan de Recuperación, Transf. y Resiliencia.
N°8400
A través de este trámite se solicitan ayudas destinadas a la adquisición de una, o varias licencias de software, máquinas y/o equipos nuevos de entre los contenidos en el listado que figura en el anexo III- 1 y anexo III-2, de la orden de convocatoria, según sea máquina nueva o adaptación de maquinaria existente.
Dirigido a
- Personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, que sean titulares de explotaciones ganaderas y/o agrícolas siempre que tenga la consideración de PYMES.
- Personas físicas o jurídicas que presten servicios agrarios.
- Consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que las actuaciones se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones ganaderas concretas que tengan la consideración de PYMES, cuyos titulares habrán dado su consentimiento para que dichos entes soliciten la ayuda.
- Inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, que integren un mínimo de cinco titulares de explotación siempre que tengan la consideración de PYMES y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente cuyos miembros sean titulares de una explotación agrícola y/o ganadera.
Requisitos
- La inversión mínima será de 5.000 euros por proyecto de inversión.
- Actuación realizada en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Disponer de un código REGA o REGEPA de Aragón o ser una empresa de servicios con razón social en Aragón
- Presentar una memoria descriptiva del proyecto
Información adicional
Presentar en todos los casos
• Memoria descriptiva del proyecto de inversión, existe modelo en la orden de convocatoria, que incluirá, como mínimo:
a) Evaluación por un técnico cualificado de la compatibilidad de la maquinaría con las tecnologías presentes en la explotación.
b) Número de potenciales usuarios y hectáreas o cabezas de ganado.
• Presupuesto
Si el importe del gasto subvencionable supera las cuantías de 40.000 euros para los casos de obras y de 15.000 euros para el supuesto de servicios y suministros, deberá aportar como mínimo 3 ofertas de diferentes proveedores.
Se tramita en el Servicio de Modernización de Explotaciones (Dirección General de Desarrollo Rural)
- La intensidad máxima de la ayuda será de un máximo del 35 % del coste subvencionable, incrementable en un 10% en el caso de que el beneficiario tenga la condición de jóvenes agricultor.
- Cuantía máxima de la ayuda de 300.000 €.
El plazo de ejecución será de 18 meses desde la resolución de la concesión de la subvención.
Documentos y enlaces de interés
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 633
- Correo electrónico. sme@aragon.es
- Página web. Aplicación de incidencias y consultas - Ticket. Acceso posible después de grabar un borrador de solicitud
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO RURAL
Normativa
- Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Orden AGM/2022, de 21 de abril, ORDEN AGM/529/2022, de 21 de abril, por la que se convocan subvenciones destinadas a inversiones en sistemas de gestión de estiércoles en ganadería (Programa 1), en transformación integral y modernización de invernaderos (Programa 2), en eficiencia energética y energías renovables (Programa 3) y en la aplicación de agricultura y ganadería de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero (Programa 4), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
30/04/2022 al 30/06/2022
En plazo
Iniciar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera denegado.
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