Otorgamiento de concesiones directas de explotación y derivadas de permisos de exploración
En plazo permanente
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Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
En plazo permanente
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Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, las personas interesadas podrán presentar una solicitud para la concesión de explotación ya sea por una concesión directa o por haber conseguido previamente un permiso de exploración.
Dirigido a
- Personas físicas
- Personas jurídicas
Requisitos
- Para solicitudes de concesión directa de explotación, quienes estén interesados en la explotación de los recursos de las secciones C) y D).
- Para solicitudes de concesión derivada de Permiso de Investigación, quienes sean titulares de un Permiso de Exploración que coincida, o incluya las cuadrículas para las que se solicita la Concesión.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Resolución
8 meses, a contar de la fecha en que se declare definitivamente admitida la solicitud
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Instancia
En la que conste:
- Nombre y apellidos o razón social.
- Vecindad y domicilio del solicitante.
- Nombre con que haya de conocerse la Concesión.
- Situación, límites y extensión del terreno que se solicita.
- Determinación del recurso o recursos objeto de la petición.
- Especificando si es Directa o deriva de un permiso de exploración.
- En el caso de concesión directa de explotación, junto a la solicitud deberá presentarse un informe técnico que justifique la procedencia de la solicitud como concesión directa.
- Si el titular lo es de un Permiso de Exploración para la zona solicitada, tiene que quedar demostrado de un modo suficiente la existencia de un recurso o recursos de la sección C) o D).
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2. Designación definitiva del terreno solicitado
Que podrá ser la misma de la solicitud o reducida, no pudiendo, en ningún caso, comprender terrenos fuera del perímetro expresado en aquella. A presentar en 60 días desde la notificación de la resolución aprobando la tramitación como concesión directa de explotación.
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3. Estudio de factibilidad y proyecto de aprovechamiento
Del recurso o recursos de que se trate, a presentar en 60 días desde la notificación de la resolución aprobando la tramitación como concesión directa de explotación, que incluirá:
- El proyecto general de explotación, compuesto de Memoria acerca de la naturaleza geológica del yacimiento o criadero, con expresión de sus reservas y recursos.
- Programa general de explotación y, en su caso, de concentración o de beneficio de los minerales.
- Instalaciones y maquinaria a emplear con presupuestos aproximados, y planos de situación y de las labores e instalaciones que se proyectan.
- Todo ello suscrito por titulado competente.
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4. Estudio económico de financiación y garantías sobre su viabilidad
A presentar en 60 días desde la notificación de la resolución aprobando la tramitación como concesión directa de explotación.
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5. Proyecto de Restauración
A presentar en 60 días desde la notificación de la resolución aprobando la tramitación como concesión directa de explotación.
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6. Estudio de Impacto Ambiental
A presentar en 60 días desde la notificación de la resolución aprobando la tramitación como concesión directa de explotación.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
La instancia se presentará en el Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo empresarial de la provincia donde se ubique el derecho minero.
Si afectase a varias provincias, se presentará en aquella que abarque mayor superficie, adjuntando al original tantas copias, por lo menos, como el número de provincias que afecte, más dos.
La concesión de explotación minera se otorgará por un período de treinta años, prorrogable hasta el máximo fijado en la normativa vigente en el momento de la prórroga.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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8 meses, a contar de la fecha en que se declare definitivamente admitida la solicitud
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
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Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas
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Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería
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Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley de Minas, con especial atención a los recursos minerales energéticos
-
Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
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Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.